Duda cobro servicios por internet.

Saludos y gracias por vuestra atención.
Tenía una duda a ver si me podéis orientar.
Trabajo por cuenta ajena. Bueno, trabajo para el estado, soy interino (que no funcionario). Tengo mi nómina, mi sueldo y demás.
Ahora bien, tengo una web desde hace 4 años. En ella ofrezco unos servicios (ámbito deportivo). Cobro por ellos 50 euros. El cobro se hace por transferencia bancaria. Depende del mes, puedo tener 4 ingresos o hasta 20 (el record). Con lo cual según el mes, es un buen sobresueldo.
No estoy dado de alta de autónomos, ni declaro nada.
En su momento hablé con un par de gestores. Los dos opinaron lo mismo: mientras no generes lo suficiente como para pagarte autónomos y tener un beneficio mínimo no te preocupes.
Yo tengo unos gastos de 200 euros aprox. Al mes . Con lo cual limpios me quedan unos 500 euros al mes (viendo como me van estos últimos meses). Si pagara autónomos (300 euros) y encima pagara impuestos sobre el beneficio, está claro que no me saldría a cuenta y por eso los gestores me han dicho no me dé de alta de autónomos.
¿Lo veis así de claro vosotros también? ¿A partir de cuando debería darme de alta? No creo que la cosa pueda ir a más...
Gracias!

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Sepa que está trabajando ilegalmente por desconocimiento. Puede vd., dar de alta la actividad profesional en Hacienda y tributar por ello estando plenamente legal y sin necesidad de estar dado de alta como autónomo ya que el alta es obligatoria cuando el trabajo reviste una característica esencial que es la habitualidad. Se puede considerar que un trabajo es habitual cuando la media anual supera el salario mínimo interprofesional (como elemento comúnmente aceptado pero que no está tipificado en la normativa de la seguridad social que no establece cantidad alguna).

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