Funcionario, empresa

Me gustaría que alguien me respondiese a una cuestión que tengo.
Soy funcionario de la administración central del estado, durante un tiempo he conseguido ahorrar cierto capital y me gustaría crear una empresa del sector de la comida rápida.
La pregunta es si para montar la empresa necesito tener algún socio como administrador o si la empresa puede ser unipersonal es decir puedo actuar yo como administrador, ya que de momento no tengo ningún socio que quiera unirse al negocio, de moento tendría pensado en contratar a alguien como empleado, ya que supongo que alguien tendrá que estar dado de alta en la empresa como trabajador, en fin como veis estoy un poco perdido
También me gustaría que alguien me indicase a que administración debería de ir para que me dieran toda la información necesaria para poder montra mi empresa.
Respuesta
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Por de pronto no existe incompatibilidad entre su trabajo como funcionario y disponer de un negocio unipersonal de comida rápida. No obstante, salvo que sólo abra en periodo en que no esté vinculado a su actividad como funcionario si será menester de que disponga de un trabajador contratado, en caso contrario, no será necesario ya que podrá figurar tanto como administrador como trabajador de la mercantil.
Para poder montar su empresa es sencillo:
a) Plan de empresa (implica la recabación de los datos necesarios para la constitución, puesta en marcha y cumplimiento de requisitos legales/jurídicos y adquisición / arrendamiento de local.
b) Constitución figura (forma jurídica o forma personal) del negocio. Altas en las administraciones públicas de la actividad económica y de los trabajadores / administradores en la seguridad social.
c) Licencias municipales
Muchas gracias por contestar tan rapido, una ultima aclaración que no me ha quedado muy clara, entonces podría actuar como administrador sin ningún problema, ¿en el caso en que de momento no decidiese contratar a nadie?
Ya que al principio de todo negocio son bastantes gastos los que hay que asumir de momento no se si podría contratar a alguien
Formalmente no supone ningún problema no obstante si se genera actividad mercantil y por ello existe facturación la inexistencia de personal contratado puede forzar la inspección social para garantizar la inexistencia de fraude a la Tesorería al estar personas trabajando en situación irregular o en presunto incumplimiento de las normas de seguridad y salud aplicables sectorialmente.
En estos momentos, existen importantes bonificaciones y ayudas estatales a la contratación y más aún en el caso de determinados colectivos en riesgo de exclusión social.

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