Administrador ES.L. No socio

Soy trabajador por cuenta ajena. Me proponen ser administrador de una S.L.

Mi pregunta es: ¿Puedo ser administrador único de la sociedad sin tener que causar alta en S.S. Si realmente no voy a trabajar en ella?

Si ello es posible, ¿Cómo afectaría esta situación a mi futura prestación por desempleo una vez venza el contrato actual que tengo, el cual finaliza en el mes de enero de 2014?

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A mi entender no es posible, si te das de alta como administrador, realizarás trabajos de administrador que además con casi total probabilidad estarán remunerados y por tanto deberás darte de lata en el régimen General con exclusión de cotización a la Seguridad Social en concepto de desempleo.

En cuanto a tu futura prestación dependerá, si cuando finalices tu contrato actual de trabajador por cuenta ajena, sigues dado de alta como administrador en la sociedad, no estarás en "situación legal de desempleo" y por tanto no tendrás derecho a prestación por desempleo.

Si tienes duda puedes contactar con nosotros en http://www.fiscaliza.es

Gracias por la respuesta:

se me plantea la duda si entrar como socio administrador en la sociedad o solo como administrador. Dada mi situación actual (cuenta ajena hasta enero 2014), lo que intento es aclararme sobre lo que mas me interesa. No descarto darme de alta como autónomo cuando acabe el contrato de esta forma podría ser socio- administrador y pedir la compensación de la cuota de autónomos con cargo al desempleo. Pero hasta entonces ¿que me recomiendas?. La sociedad quieren constituirla en noviembre

Gracias por vuestra colaboración

Para pedir la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, así como el descuento el cuotas se requiere estar "en situación legal de desempleo" en el momento de la incorporación a la sociedad y alta de autónomos, cosa que no cumplirías si la sociedad se constituye y participas en ella antes de finalizar tu contrato de trabajo.

Mi recomendación no es fácil de dar sin tener mayor conocimiento de vuestra intención, constituir Sociedad Limitada o Limitada Laboral o cooperativa, capital social de creación, inversiones previstas necesarias, número de socios, ¿habrá o no socios no trabajadores?, etc.. sin saber todo esto no te puedo aconsejar adecuadamente, lo que sí te puedo comentar es que en principio se puede constituir una sociedad por ejemplo limitada laboral y luego que tú te incorpores a la misma en una ampliación de capital estando en el paro y entonces en principio sí que tendrías derecho a todas las ayudas.

Un saludo,

Martín varela

Fiscaliza. Es

P.D.:

Muy agradecido de tu respuesta.

Aprovecho para darte algunos datos mas que me refieres.

Se trataría de una Sociedad Limitada, tres socios (incluido yo en su caso). Es un proyecto OnLine de modo que la inversión es mínima, solo la pagina Web y costes de mantenimiento de la misma, así como coste de constitución. Poco mas.

Dos socios capitalista y yo como administrador.El tema es que en diciembre vence la reserva que se ha hecho del nombre se la sociedad en el registro y hay que constituirla, entonces tengo esos dos meses (dic-Enero) que se plantea el problema de mis situación. Si yo pudiera ser administrador sin alta, lo haría una vez vencido el contrato que tengo.

Otra alternativa que me planteo es que uno de los socios que está en Jubilación anticipada fuese el administrador ¿Podría se el administrador sin tener que estar de alta?

De nuevo muchas gracias por tu respuesta,

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