Despido improcedente. Urgente. Gracias.

Hola David, te escribo para comentarte lo que me ha ocurrido: hasta ayer tenia un contrato como indefinida en una peluquería y en octubre tuve un accidente de trafico del cual no soy culpable y continuo estando de baja medica. Por esta razón y alegando mis largas y múltiples bajas, me informa que prescinde de mi, por no poder permitirse el elevado coste de pagar mi mensualidad y la de mi sustituta, todo esto por escrito y en un solo folio, finalizando por que me ofrece una cantidad por, me enseña el documento de finiquito y yo al negarme a firmarlo, se lo quedo, y leo en el anterior folio que al ofrecerme el pago de por euros que si me niego a cobrarlo lo ingresa en 48 horas ante el juzgado de lo social para evitar una posible demanda por Salarios de Tramitación, comentándome que firme que si no lo hago sera muy difícil de sacar ese dinero a posteriori. Mi pregunta es: ¿Qué pasaría en el caso de que no firme en 48 horas? ¿Es motivo de despido haber estado de baja laboral por enfermedad con informes médicos demostrables? Rogaría me conteste cuanto antes ya que esto fue el viernes y no tengo a quien consultar. Gracias

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Tranquila, para poner a disposición del Juzgado de elo social la indemnización, tan solo lo que ocurre es que tu jefe te despide y a la vez declara la improcedencia del despido, con lo cual la indemnización POR es la que se supone que te corresponde. Y más si la deposita.
El hecho de depositarla significa que si tu denuncias y no llegas a un acuerdo en el SMAC tienes que denunciar al Juzgado de lo social, y la indemnización ya la tienes a tu disposición.
De hecho en cuanto que el Juzgado lo reciba te avisara.
¿Te puede despedir?. Esta claro que si, de hecho el te despide y en l misma carta declara la improcedencia del despido con lo cual todo es legal.
Quedaría saber si la cantidad POR es la que te corresponde, y me temo que así sea.
Tendrías la carta de despido, la indemnización y la prestación de desempleo.
Cualquier cosa te espero. Siempre a tu dispo
Hola, Gracias y perdona mi ignorancia pero no lo he entendido del todo. Aquí te pongo más datos y más preguntas: La fecha de antigüedad es 1-12-2001, la nomina es de 596 más o menos y la fecha del despido es el 4-2-2005 y la indemnización es de 2.860,65 euros, me debe 10 días de vacaciones,¿harías el favor de calcularlo más o menos? Te lo agradecería porque ella me presiona para que firme el despido y me dice que si no lo firmo tendré problemas para sacar el dinero depositado. ¿Qué problemas puedo tener? ¿Qué debo de tener para arreglarme lo del desempleo, ya que no me ha dado ningún papel para la seguridad social ya que aun sigo de baja? Muchas Gracias por todo, me eres de gran ayuda, ya que es fin de semana y no puedo informarme en otro sitio. Un Saludo: Inma
Primero me hace falta la base de cotización por contingencias comunes para poder calcular la indemnización.
Los únicos problemas son que de esta manera es decir firmando cobras el lunes y con el deposito tardas más días.
Vamos con los papeles, por una parte lo único que necesitas es la carta y el certificado de la e`presa, hay dos vías al estar tu de baja, si tiene concertada tu jefa la IT con una mutua o no.
En el caso de estar con una mutua tienes que llevar los papeles a esa mutua.
En el caso de no tener concierto con la mutua de accidentes de trabajo, al INSS.
Todo esto porque tu estas de Baja por IT enfermedad común, cuando tu medico te diese el alta continuarías cobrando el desempleo, pero entre el inss o en su defecto la mtua ese pago empieza a correr del desempleo acumulado.
No se si me explico bien.
Yo espero tus dudas. Estoy a tu dispo
La base de cotización es de 29,7 euros, y cuando me dices anteriormente que continuare cobrando del inss o la mutua ese cobro me lo descuentan del desempleo acumulado o solo cuando me den el alta.
Millones de gracias, siento hacerte trabajar en domingo... chao

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