Horario de verano

Hola negrinsa:
La situación es la siguiente estoy en una empresa del comercio del metal y hago jornada completa, en agosto me obligan a tomar las vacaciones en la semana que la empresa esta cerrada cosa que no se si estoy obligado a hacer, ¿tengo alguna opción a negarme y elegir cuando me tomo las vacaciones? Y la otra pregunta es que en todo el mes de agosto la empresa trabaja media jornada, solamente por las mañanas, y por lo tanto no podremos cobrar el sueldo completo, ahora me pregunto, si ellos son los que cierran ¿por qué tengo que cobrar menos dinero y no mi sueldo completo o lo proporcional menos esa semana de cierre, es esto legal?
¿Ellos pueden obligarme a trabajar menos horas teniendo un contrato de tiempo completo?
Desde ya muchas gracias.

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Para empezar, la jurisprudencia establece que las vacaciones deben ser pactadas entre las partes. Por tanto, salvo que el convenio establezca algo distinto, debe haber acuerdo entre trabajador y empresario. Aunque debo decir también, que la jurisprudencia permite la decisión unilateral (del empresario) en la fijación de la fecha vacacional, siempre y cuando la empresa demuestre que esa fecha coincide con una época de bajo rentabilidad y escasez laboral en la organización. Si la empresa demuestra el bajo índice de productividad (en servicios u otros), tendrá mucho más en su favor, por lo que te aconsejo que le eches un vistazo al convenio colectivo en el apartado de vacaciones, ya que lo que establezca en relación a este tema, será lo que te valga para tomar alguna decisión.
De todas maneras me indicas que la empresa cierra en esa semana de AGOSTO en la que te dan vacaciones.
Ninguna empresa cierra sus puertas así sin más, por lo que entiendo que tal hecho se debe a una causa justificada (considero que en este campo estás en desventaja).
Sin embargo:
En lo que se refiere a la jornada, la empresa puede disminuir el número de horas que ha de realizar el trabajador, mejorando su condición de bienestar y su calidad de vida. Pero nunca ha de empeorar la condición del mismo, ni quebrantar lo PACTADO en el contrato de trabajo.
Queda bien claro que la empresa no puede de manera unilateral disminuir el salario del trabajador por causas que no se le imputan a él, debiéndose mantener las condiciones inicialmente pactadas (es ILÍCITO que la empresa decida pagarte menos, no lo puede hacer, salvo que pacte algo contigo al respecto y tu aceptes tal decisión).
¿Y en cuanto a la parte proporcional de esa semana?
Espero haberte entendido mal, pero si es lo que creo, atiende:
Aunque la empresa CIERRE una semana, y te dé vacaciones en esa semana, DEBES COBRAR EL MES COMPLETITO, nada de parte proporcional... ¿OK?
NO TE ESTÁN REGALANDO NADA, por lo que las vacaciones corresponden al total de días trabajados en la empresa por ti, siendo tal periodo de disfrute, igualmente remunerado (como si fueses a trabajar).

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