Duda sobre contratación

Hola,
Soy autónomo y trabajo vendiendo productos cosméticos.
Quiero contar con los servicios de azafatas para hacer promoción de mis nuevos productos.
Estas chicas trabajarán muy pocas horas(4 al día) y de forma eventual(1 ó 2 días al mes).
El problema que tengo que al ser algo tan eventual y variable, me gustaría poder pagarles "en mano" y sin realizar ningún otro tipo de trámites(seguridad social, nómina,...).
¿Es esto posible sin cuento con el consentimiento del trabajador?
¿Habría qué realizar algún tipo de contrato?
Muchas gracias.
Respuesta
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En ese caso dirígete a una empresa que realice ese servicio o a una ETT

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Bueno vera, si tiene una inspección de trabajo es cuestión de convencer al inspector en cuestión (hasta cierto punto es un asunto subjetivo) pero claro cuando no hay discursion sobre la materia es cuando se dan todos los requisitos que impone el estatuto de los trabajadores (ajeneidad, sumisión al control del empresario, remuneración, dependencia etc...) si no se dan estas notas, se trataría de un trabajo de amistad, o buena vecidad depende de la materia...
Me temo mucho que no es posible, una relación como la que comenta estaría sujeta a alta en seguridad social y cotización tanto de IRPF como de Seguridad Social,,,,
El beneplácito del trabajador aquí no influiría para nada.
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Dicen que lo más rentable para estos casos es llamar a una ett cuando necesites a las chicas, incluso hacen contratos por horas. El único medio problema es que allí es todo "legal" y tienes que pagarles seguridad social e impuestos a parte de la comisión a la ett.
Pero si ya sabes donde puedes encontrar a las chicas y ellas aceptan el que les pagues en mano entonces no hay problema, a ver: no es que sea del todo legal que alguien trabaje sin estar dado de alta en la seguridad social ni pague irpf (si algo le pasara podéis tener problemas gordos) pero si son 4 horas un par de días al mes para vender cosméticos y ellas aceptan no hace falta que hagáis ningún tipo de contrato, solo (aunque es lo más importante para mi)hace falta la palabra de que le pagaras y ya esta.
Mucha suerte.
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No sirve el que cuentes con el consentimiento del trabajador aunque sea por escrito ya que existe obligación legal de dar de alta a las trabajadoras, sea por las horas que trabajen y los días que trabajan. Así, si solo trabajan cuatro horas tres días al mes, las puedes hacer un contrato a tiempo parcial por los días en los que trabajan.
En todo caso, y sea por las horas que sean, se tiene que formalizar un contrato por escrito y presentar el alta en la Seguridad Social con anterioridad al inicio de la actividad.
Ten en cuenta, que si no lo haces y resultas "cazado" o "denunciado" te podrían sancionar con hasta 3000 euros por trabajador.
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Por lo que dices el primer pensamiento es que mires una ett.

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