Jubilación

Hola, mi suegra trabaja en una empresa y el dueño que ya tiene prorroga para seguir trabajando quiere jubilarse y la empresa se la "pasaria" a otro individuo el cual se haría cargo de los trabajadores en un princio.
Mi suegra tiene 63 años y 6 meses y mis preguntas son:
¿Tiene el empresario que indemnizarla con algo? ¿Le sería rentable quedarse en el paro o eso le supondría una merma en su jubilación?, ¿Si llega a un acuerdo con el nuevo empresario y por ejemplo no superara el periodo de prueba y la despidiera tendría que indemnizarla por los años de antigüedad que se supone iría incorporada en la negociacón?

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Ante tus preguntas.
La empresa donde trabaja tu suegra, cede los derechos y los trabajadores a otra, es una subrogación, por lo que tu suegra, en la nueva empresa, tendrá o debería tener todos los derechos iguales que en la empresa donde esta en estos momentos.
Por lo tanto, no tendría ningún tiempo de prueba, mantendría la antigüedad con la que esta en esta primera empresa, la categoría profesional, el salario, etc.
Pero dado la edad que tiene, yo le recomendaría que tratara de hacer lo posible por que la despidieran, con sus derechos, después al paro.
Mientras esta cobrando el paro, le cuenta para la jubilación, por lo que llegado el momento, se podrá jubilar con el 100%, en función del tiempo que tenga cotizado.
Y mientras espera la jubilación, al menos estará descansando y no trabajando, con esa edad creo que lo tendrá más que merecido.
Si se quedase de baja por enfermedad, tiene la columna destrozada, ¿le influiría en su jubilación o es mejor quedar al paro? ¿La indemnización si se queda en el paro sería solo de 1 mes al ser cierre por jubilación del empresario o diferente?
Si es por jubilación solo un mes, luego el paro.
Si fuera por baja, no le influiría en su jubilación, ya que la cotización se le mantendría, lo mismo le ocurriría en el paro.
Te recuerdo que si has terminado.

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