Esta bien o no mi despido

Hola, mi duda es la siguiente: El sábado 12 de Febrero me llaman por teléfono y me dicen que me van a despedir porque esta la cosa mal y de dos técnicos se van a quedar solo con uno. Desde entonces me dieron vacaciones hasta el 28 de Febrero. El otro día me dieron la carta de despido y pone que me despiden por el motivo de que he disminuido de forma continuada y voluntaria el rendimiento del trabajo normal en los dos últimos meses y que ha transgredido la buena fe contractual lo que se considera una falta muy grave y que la empresa cosnciente de la dificultad de acreditar esos extremos reconoce la improcedencia del despido y me pagan 45 días de salario por año.
Como esa causa no es la verdadera, llamé para me la cambien la causa y me dicen que si, que cuando vaya a firmar me dicen las diferentes motivos de despido que hay pero que los otros motivos son peores y que de todas maneras da igual el motivo que eso a mi no me afecta.
Y mi duda es eso, no hay ningún motivo que no sea yo el malo encima de que me han echado de la noche al día y sin yo aver echo nada incorrecto. Ademas están subcontratando empresas externas que están haciendo parte de mi trabajo.
Que conste que yo no quiero que me readmitan pero tampoco quiero firmar la carta con un motivo que no es el verdadero aunque sobretodo lo que me molesta es que el motivo me deje a mi por el malo de la historia.
Espero su respuesta, gracias.

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Cuando el empresario de turno decide despedir a alguien, simplemente por que le sobra, ya sea por las circunstancias de crisis por las que estamos pasando, ya sea porque le da la gana o por cualquier otra razón, si no puede despedirle de forma procedente, porque no pueda justificar los motivos que pudiera alegar o porque podría meterse en un proceso judicial largo y encima si pierde debería pagar salarios de tramitación y readmitirte, o pagarte la indemnización de 45 días de salario por año de antigüedad con un máximo de 42 mensualidades, lo que hace es redactar una carta de despido con cualquier motivo, que normalmente es transgresión de la buena fe contractual, faltas continuadas de impuntualidad, disminución de la productividad,... que o no son ciertas o el empresario no puede justificar de forma clara, y acepta el despido como improcedente con obligación de la indemnización de 45 días.
En este tipo de despidos no debes de preocuparte demasiado ya que como su nombre indica, es un despido improcedente sin que nadie pueda echarte en cara nada de nada.
Ahora si, si te molesta los motivos alegados por la empresa que te pongan el que tu quieras, como por ejemplo el de falta de puntualidad.
En este tipo de despidos no se puede hacer nada, te despiden y ya esta. A no ser que se pudiera alegar alguna causa de discriminación, que nos diera la base para montar el pleito en vistas a conseguir la nulidad del despido.

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