Subsidio mayor de 52 años y convenio especial

Tengo 59 años y después de 35 años trabajando me ofrecen el despedirme por de llegar tarde y me dan 42 mensualidades. La Empresa a través de una financiera me propone un plan de prejubilación, y a mi me gustaría hacer ese plan con otra financiera.
Son varias preguntas que te tengo que realizar:
1- ¿Me puedo llevar el dinero a otra financiera y hacer un plan de prejubilación o al sacar el dinero de la Empresa seria un plan de rentas?
2- ¿El despido se considera procedente o improcedente?. Que se debería poner en al acta de conciliación.
3- ¿Me concederían el subsidio mayor de 52 años hasta que tenga 63 años?. Ahora mismo no tengo rentas superiores a 1000 € al año.
4- ¿Hasta qué cantidad de la indemnización podría poner en la póliza como complemento+ la cuota para pagar el convenio?.
Un salulo y muchas gracias de antemano.

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La improcedencia o improcedencia del despido será un juez quien debe dictaminarla
El subsidio de mayores de 52 años deberían concedértelo, siempre y cuando tus ingresos mensuales en bruto no superen los 481 euros, y lo percibirías hasta la edad legal de jubilación, es decir, 65 años
Las otras preguntas no sabría respondértelas con exactitud
El despido no llega al juzgado de lo social, el ultimo paso es en la conciliación.
Yo entiendo que el despido debería figurar como improcedente en el acta de concilicación

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