Hola. Tengo acumulados 58 días de paro y he finalizado un contrato de 354 días.

Según me han dicho en el INEM, comenzará a cobrar del paro acumulado. La pregunta es la siguiente. Si antes de finalizar el paro acumulado, me contratan por ejemplo 1 o 2 meses de forma que supero ya los 360 días cotizados ¿Puedo elegir cual de las 2 cobrar o tengo que agotar el restante de los 58 días sin posibilidad de cobrar los 4 meses por el año y pico cotizado?

Respuesta
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Si comienzas a cobrar el paro y a los pocos meses comienzas a trabajar entonces el paro que estés cobrando en ese momento se interrumpe, y si el nuevo contrato de trabajo dura menos de 360 días cuando finalices el contrato de trabajo tienes que reanudar la prestación que tuviste que interrumpir para comenzar a trabajar con el ultimo contrato de trabajo. Por el tiempo que te quede por consumir y por la misma cuantía que tenias antes de comenzar a trabajar y las cotizaciones efectuadas con el ultimo contrato de trabajo se reservan para que las puedas utilizar cuando reúnas los 360 días que se necesitan para iniciar otra prestación nueva, o para que las utilices en solicitar el subsidio por insuficiencia de cotizaciones, que puedes ver en el enlace que te dejo mas abajo, pero si el contrato de trabajo dura 360 días o mas entonces es cuando puedes ejercer el derecho de opción y elegir entre reanudar la prestación que tienes interrumpida o iniciar una nueva prestación por el tiempo y cuantía que te corresponda por las cotizaciones efectuadas con el contrato de trabajo recientemente finalizado, como puedes ver en el segundo enlace que te dejo mas abajo, pero tienes que tener en cuenta que cuando se opta por una de las dos opciones la opción que no se elige se pierde para siempre porque no se acumula para futuras prestaciones.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.citapreviainem.es/paro-derecho-de-opcion/

Gracias por la respuesta, pero hay una cosa que no me queda clara.

Supongamos que habiendo cotizado 354 días y teniendo acumulados 58 días cobro 1 mes de paro porque pasado ese primer mes me contratan; osea que me quedan 28 días. Al cabo de 1 mes finalizo el contrato por lo que tengo: por un lado los 28 días que me faltan y por otro 354+30 = 384 días cotizados. ¿puedo elegir si cobrar los 28 días restantes o los 4 meses correspondientes a los 384 días cotizados o no puedo elegir y tengo que consumir los 28 días y ya no cobro más?

Gracias por todo.

Los 28 días los tendrías que consumir obligatoriamente si el contrato de trabajo tuviera una duración inferior a los 360 días, pero si al finalizar el ultimo contrato de trabajo junto con otros contratos de trabajo reúnes 360 días o, mas siempre que no ayas echo uso de las cotizaciones en otras prestaciones, puedes optar por los 28 días pendientes de consumir o por reabrir un nuevo derecho generado con las cotizaciones de los 384 días generados con últimos contratos de trabajo, lo que te daría derecho a percibir una prestación por desempleo de 4 meses de duración y los 28 días de la anterior prestación los perderías para siempre porque no se acumularían para otras prestaciones.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. No se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta

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