Contratar a mi padre

Mi pregunta se refiere a si es posible que yo contrate a mi propio padre como empleado en mi propia empresa.
Cuales serian los requisitos necesarios en caso de ser factible, y si no fuera así, cuales serian las fórmulas alternativas.

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Es un tema complicado y no por ello te voy a dejar sin mi opinión, no obstante te puedo recomendar que pidas una segunda opinión.
Sobre este tema existe un trabajo de los autónomos para que sea reconocida por las normas la legalidad de la contratación de familiares y es posible que en breve se clarifique el tema al equiparar las prestaciones y cotizaciones de ambos.
No obstante te diré.
En principio, los familiares hasta el segundo grado, están excluidos de la legislación laboral, salvo si se demuestre su clara e inequívoca condición de asalariado.
Pueden existir relaciones laborales entre familiares, siempre y cuando el trabajador, no conviva con el empresario, ni dependa económicamente de él, preste un servicio y cobre por ello. Así lo ha entendido el Tribunal Superior de Justicia de Valladolid, en sentencia de 18/3/97, AS 1189.
Si se cumplen claramente estos requisitos podría considerarse legar la contratación, en caso contrario o cuando existan dudas, quizá fuera mejor, la opción de efectuar el alta como autónomo y que facture por su trabajo a la empresa.

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