Prestaciones después de invalidez total

Prestaciones después de Invalidez total para profesión habitual
Al producirse la I.T. Estaba en alta. Copio del Estatuto de los trabajadores :
Cuando, a juicio del órgano de
Calificación, la situación de incapacidad del trabajador vaya a ser previsiblemente
objeto de revisión por mejoría que permita su reincorporación
al puesto de trabajo, subsistirá la suspensión de la relación
laboral, con reserva del puesto de trabajo, durante un período de dos
años a contar desde la fecha de la resolución por la que se declare la
invalidez permanente.
En dicha fecha tendría 61 años. Cotizados 32 y 7 meses.
Dado que la Empresa no tiene por que readmitirme y el mercado de trabajo tampoco lo hará
Que prestaciones, si las hay podría solicitar; pongamos por ejemplo el paro ( que yo lo tendría entero) o si bien como mucho me temo, tendré que pedir por las esquinas.

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No entiendo muy bien tu situación, tal y como la expones, pero si te revisan tu estado de invalidez (que es muy poco habitual), durante los dos años siguientes a la declaración de invalidez, tienes reserva del puesto de trabajo en tu empresa, por lo cual si la empresa no te readmite, sería constitutivo de un despido imporcedentey te tendrían que indemnizar a razón de 45 días por año de servicio.
Si la revisión se produce después de los 2 años, no tienes ninguna posibilidad de solicitar el paro ni ninguna prestación.

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