Es lamentable que las empresas ahoguen más a quien menos se queja... deberían darte un premio por la paciencia, ya que no hay mucha gente dispuesta a aguantar 8 meses sin cobrar...
Lo primero que deberías hacer, indicar a la empresa tus intenciones de ir a denunciar si no intentan regularizar de alguna manera tu situación... no te quedes con que te pagarán, sino con un reconocimiento de deuda donde se especifique las cantidades que te deben. -Este documento te resultará muy útil si luego tienes que reclamar esas cantidades por vía judicial-
Si la empresa se negara a firmar un documento de este tipo, entonces tendrás que ir a denunciar... Te recomiendo acudir a algún sindicato, porque aunque son un poco ladrones y ellos obtienen el 10% de lo que tu saques, conocen muy bien todos los trucos y recursos y no son tan caros como un abogado...
El segundo paso, una vez realizada la denuncia, sería acudir a un acto de conciliación frente al SMAC.- Aquí simplemente te citarán a ti y al representante de tu empresa para ver si hay alguna forma de llegar a acuerdo...
En este punto te diría, que si la empresa te ofrece el 80% de tu sueldo, cógelo sin pensarlo dos veces... El 20% que perderás, será lo que se van a llevar abogados, jueces, procuradores y demás "carroñeros" que viven de las penas de otros...
El tercer paso, ya sería esperar la resolución judicial... ver si la empresa tiene recursos para pagarte o si el juzgado puede embargar algún bien para hacer frente a tu deuda. En caso de que la empresa no pueda pagarte, sería el fondo de garantía salarial quien te pagará, pero en en cuenta que tardarán entre 1 y 2 años en pagarte y nunca pagarán el 100% de la deuda y además, de lo que te paguen, tienen que cobrar los "carroñeros" que te comentaba anteriormente...(por eso, siempre es mejor cobrar el 80% de la empresa directamente)
Mientras no se resuelva la sentencia y el juez decida que tu contrato queda rescindido por impago, o la empresa decida despedirte (tienen que entregarte una carta firmada y sellada indicando expresamente que te despiden) deberías seguir yendo a tu puesto de trabajo, ya que de otro modo, se consideraría abandono de puesto de trabajo y no te pagarían indemnización... Pero deberías limitarte a hacer lo mínimo posible, y por supuesto, no salir al extranjero si en tus condiciones de trabajo no se ha expresado explícitamente eso.
Si en el contrato pone que tu lugar de trabajo es tal o cual, eso será lo que prevalezca... no pueden obligarte a salir del país, y por otro lado, será una medida de presión que podrás hacer para tratar de forzar que la empresa te pague...
Un saludo, y espero haber sido de ayuda...