Si te han concedido la IPT y tienes acumulado un periodo de cotización de 360 días o mas que te dan derecho a cobrar el paro tienes que elegir entre cobrar el paro hasta agotar el tiempo que te corresponda por las cotizaciones acumuladas, o entre cobrar la pensión por IT porque no se puede cobrar la prestación por desempleo y la pensión por IPT porque de forma simultanea porque son incompatibles, tienes que decidirte por la que mas te convenga por ejemplo, antes de cobrar la pensión puedes cobrar el paro hasta que lo agotes y después empezar a cobrar la pensión, pero no puedes cobrar el paro y la pensión a la vez, de todas formas para informarte sobre este tipo de cuestiones lo mas aconsejable es que te dirijas a la tesorería provincial del INSS o cualquier oficina del SEPE antiguo INEM para que te informen de como tienes que proceder para optar entre una de las dos prestaciones y de cual de las dos te interesa cobrar primero si la del paro o la de la IPT .. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo.. Consulta el articulo 16 en el enlace que te dejo a continuación.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..