Si tienes reconocida una incapacidad permanente total y estas seguro de que el trabajo que estas realizando en la empresa para la que estas trabajando es compatible con la incapacidad que tienes reconocida, si te despiden de la empresa para la que estas trabajando, tienes derecho a cobrar la prestación por desempleo y la pensión de incapacidad permanente o invalidez simultáneamente.. Cuando no se pueden cobrar la cuantía de la pensión y la renta del trabajo es cuando el proceso es el inverso, es decir que si a un trabajador en activo, le conceden una incapacidad permanente absoluta trabajando en una empresa en la que lleva 10 años trabajando y la empresa no disponen de un puesto de trabajo compatible con su incapacidad por lo que el empleado no puede seguir trabajando en esa empresa, tiene que elegir entre cobrar la prestación por desempleo hasta que se agote la prestación por el tiempo que le corresponda, y después comenzar a cobrar la pensión de invalidez, o renunciar a la prestación por desempleo y cobrar la pensión de incapacidad permanente, pero no puede cobrar la pensión y la prestación por desempleo simultáneamente algo que si puedes hacer tu..