Somos una pareja de hecho (declaración individual obligatoria) donde ella no trabaja (ingresos 0) y yo si (me quitan bastante) Al tener el piso al 50% solo nos desgravamos a hacienda la mitad (mi parte) Acabamos de tener mellizos. Hay algún truco (aparte de casarse) para que me salga mejor la declaración ¿Puedo de alguna forma aunque ella no trabaje que su parte de hipoteca desgrave algo?
Había pensado en poner el piso al 100% a mi nombre, ¿cuánto me costaría?
En primer lugar FELICITAROS POR ESOS DOS NENITOS. En cuanto a tu pregunta, a partir de ahora puedes hacer la declaración conjunta con tus hijos puesto que formáis lo que Hacienda llama "unidad familiar" ... es decir...(bonita Ley hay queeeeeeeee...) ... l "EN DEFECTO DE MATRIMONIO LA FORMADA POR EL PADRE O LA MADRE Y LA TOTALIDAD DE LOS HIJOS QUE CONVIVAN CON UNO U OTRA"... no admiten como veis la pareja de hecho como bien sabes, es decir lo que Hacienda o la AEAT llama (con un par) ... 2ª modalidad de unidad familiar, ¿aplicable en los casos de separación legal o cuando "NO EXISTA VINCULO MATRIMONIAL"... quiero decir... que como la ley? ¿Tiene tantas lagunas tu te aplicas lo que la Ley? dice..."LA TOTALIDAD DE LOS HIJOS". En cuanto al tema de la vivienda y como novedad para el año 2.007 admitieron la deducción por dicha adquisición con los condicionantes siempre (NULIDAD MATRIMONIAL, DIVORCIO, SEPARACIÓN JUDICIAL... LAS CANTIDADES SATISFECHAS EN ESE PERIODO DE (llamémosle duración pareja pues te pusiste traje de novio, ya ves que en pleno siglo 21 pa mi idea antes de Cristo... no admite otro tipo de pareja)... para el contribuyente por las cantidades satisfechas (o sea el 100 %) hasta la fecha de... siempre que continúe siendo la vivienda habitual para los hijos comunes y el progenitor en cuya compañía quedan)... ummmmmmmmmm... a ver... tendrías que proceder como tu dices a la compra del 50 % del piso de tu pareja y por supuesto hacerte cargo del 100 % de la hipoteca restante, todo ello elevado a público, es decir, en escritura notarial que no puedo decirte el coste pues actúan según baremos establecidos pero calcula unos 300 Euros aproximadamente, después pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales a la la Junta de la provincia donde pertenezcas pagando un 7 % del valor escriturado de la compraventa más el tanto por ciento estipulado por la cancelación de la hipoteca correspondiente a tu pareja y aceptación de un nuevo crédito hipotecario (la entidad bancaria también te cobrará, no se decirte cuanto o quizá te ofrezcan otra posibilidad de hipoteca a tu nombre... u otro tipo de opciones, de esto tienes que informarte en la propia entidad bancaria), a la cual se sumaran como veras en la escritura si lo llegáis a hacer los intereses y demás conceptos, después Registro de la Propiedad que más o menos pueden ser unos 200 Euros, también se rigen por unos baremos que desconozco, pero a modo de orientación te puede valer, luego la Gerencia del Catastro, esto no te cuesta nada o como mucho unas tasas mínimas de 15 o 20 Euros. Pero date cuenta que esta operación a efectos legales tiene que ser demostrable... es decir... darle a tu pareja su 50 % correspondiente, ¿qué lo más lógico sea un ingreso en cuenta bancaria no se lo vas a dar en efectivo no?... O CASO CONTRARIO DE UNA MANERA QUE SI LA AEAT TE PIDE JUSTIFICAR TENGAS LOS MEDIOS PROBATORIOS DE ESE PAGO. Pero vamos a ver... esto trae cola... si tu pareja admite esto que según deduzco lo estas haciendo de cara a la deducción en tu declaración de Renta del 100 % de la hipoteca, es decir que entiendo no va a existir el "pago real"... por tu parte OLEEEEEE, te quedas con todo y a ella la dejas cuando quieras en la calle puesto que la propiedad pasa a ser tuya y ella no ha recibido ni un duro... y hoy todo va bien... ¿pero mañana?... VAMOS QUE YO EN EL CASO DE ELLA NO ACEPTARÍA ESTA OPERACIÓN, NO TE FIRMO NI EN LA ESCAYOLA QUE TUVIERAS PUESTA CASO DE ROTURA DE ALGÚN HUESO! ¿Seria absurdo que para que tu recuperes o pagues menos en tu declaración yo me expongo a quedarme con lo puesto en la calle?... ME LLEVO LA PALMA Y LA MEDALLA POR FIRMAR LA OPERACIÓN MÁS GILÍ... QUE NI EL TONTO EL PUEBLO LO HUBIERA HECHO... ( bueno, miento... he conocido casos similares también "pa nota")... en este caso y ya rizando el rizo por parte de tu pareja haría una donación a mis hijos de mi 50 % del piso, ¿qué tal como dice la Ley del I.R.P.F. se admite como adquisición de vivienda habitual la adquirida por... entre otras donación y al tributar en este caso como conjunta con los hijos que tu declaras tener al cargo al 100 % podrías desgravar la hipoteca ya que puedes demostrar que la pagas en su totalidad pues claro está que los menos no perciben ingreso alguno para hacerse cargo de la hipoteca que corresponde a su madre ok?... POR SUPUESTO Y NADA QUE VER CON LA PREGUNTA QUE HACÍAS... ELLA SIGUE QUEDÁNDOSE EN LA CALLE!... PIENSA SI MERECE LA PENA TODOS ESTOS TRAMITES!