Facturas extranjeras y modelo 130
Tengo una duda con unas facturas extranjeras que tengo que facturar. Realizo trabajos para una empresa italiana y sé que las facturas van sin iva ni irpf; pero nadie me ha dejado claro en qué momento deben constar en los modelos 130 y 303.
Hacienda me ha dicho que deben constar en el resumen anual del IVA y no en el modelo 303. El asunto es que me dijeron que sí deben constar en ingresos porque es un dinero que yo estoy cobrando; así pues, hago constar los ingresos brutos en el modelo 130, incluyendo los correspondientes a las facturas italianas, pero creo que me estoy equivocando. O esa es la última información que he recibido al respecto.
Quisiera saber, por favor, si lo correcto es omitir por completo la factura italiana. En este caso, saber si siquiera es necesario darse de alta de autónomo (soy autónoma ocasional) para luego no hacer constar dicha factura ¿me explico?
Hacienda me ha dicho que deben constar en el resumen anual del IVA y no en el modelo 303. El asunto es que me dijeron que sí deben constar en ingresos porque es un dinero que yo estoy cobrando; así pues, hago constar los ingresos brutos en el modelo 130, incluyendo los correspondientes a las facturas italianas, pero creo que me estoy equivocando. O esa es la última información que he recibido al respecto.
Quisiera saber, por favor, si lo correcto es omitir por completo la factura italiana. En este caso, saber si siquiera es necesario darse de alta de autónomo (soy autónoma ocasional) para luego no hacer constar dicha factura ¿me explico?
Respuesta de davidartal
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