Deducción indebida

Me gustaría que me aclarase la siguiente cuestión. En la renta del ejercicio 2007, me deduje por entrega a promotor por vivienda habitual exactamente la cantidad de 9000 euros. Durante el 2010 renuncié a esta vivienda que me daba derecho a deducción, llegué a un acuerdo con el promotor, no he obtenido beneficio con la venta. El año pasado adquirí otra vivienda. Ahora voy a presentar la declaración del 2010 y deduciré por esta nueva vivienda y tengo la intención de devolver las cantidades indebidamente deducidas del ejercicio 2007. Mi duda es si debo hacerlo en la renta del 2010 y en caso de hacerlo, en qué apartado habría que expecificarlo o bien, si me interesa más hacer una declaración complementaria a la declaración del ejercicio 2007.

2 Respuestas

Respuesta
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Necesitaría saber, para una mejor respuesta, si es porque Hacienda le ha enviado un requerimiento o porqué se ha dado cuenta ahora de ello.
Quedo a la espera.
www.asvencon.com
Hacienda no me ha mandado ningún requerimiento, simplemente no quiero tener problemas y ser lo más legal posible, se trataba de un piso que compré sobre plano y cuando estaba a punto de finalizar la obra tuve que renunciar a él por motivos personales. Durante 2008 y 2009 también realicé pagos al promotor pero no me los desgravé porque me temía la situación, pero los 9000 euros que comento del 2007 sí. Por ello hacienda me devolvió el importe integro de todas las retenciones que se me practicaron durante ese año.
Gracias.
En su lugar optaría por realizar una declaración complementaria o sustitutiva del año 2007.
Aunque puede hacer una cosa, realizar la sustitutiva del año 2007 y rectificar la deducción en la del 2010, comparar ambas y decidir cuál es más ventajosa.
Pero si estuviera en su lugar, optaría directamente por la primera opción.
Respuesta
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No tienes que devolver esas deducciones si realmente has adquirido una vivienda en 2010. Solamente que no debes deducir en 2010 sobre las cuotas ya deducidas. Te pongo un ejemplo: Si pagaste 9000 Euros en el 2007 y 10000 Euros en el 2010 solo puedes deducir sobre 1000 Euros en 2010. Da igual si era sobre otra vivienda o no.
Hola de nuevo, ¿lo qué quieres decir es que se trataría de una reinversión en vivienda habitual?
Gracias.
No, simplemente se trata de que tu empezaste pagando una cantidad para la construcción de tu vivienda habitual, finalmente no se ha materializado la compra pero has invertido esas cantidades en otra vivienda por lo tanto no has perdido el derecho a la deducción. Es un caso similar a la constitución de una cuenta vivienda. Eso si es importante que hayas invertido al menos todo el importe anticipado.

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