Legalidad respecto a la estructura social de la empresa que hemos creado

Les escribo por que tengo un serio problema. Resulta que somos tres estudiantes de informática que hace poco decidimos crear un sociedad civil para irnos metiendo en el mundo de los negocios. La sociedad civil la hemos creado entre los tres y tenemos cada uno el 33´3% de las aportaciones de la sociedad. El problema es que yo soy el único que estoy dado de alta como autónomo y ellos no, por lo tanto ellos serian socios capitalistas y yo aportaría mi trabajo y capital. Hoy nos han comentado que estamos en un lio porque la tesorería nos puede pedir con carácter retroactivo el autónomo a los dos socios míos que ahora no están dados de alta en autónomos. Este es el motivo de mi preocupación por que al ser estudiantes y no tener mucho dinero no podemos hacer frente ahora mismo a 3 autónomos y no sabemos como poder probar que ellos, mis dos socios son solo socios capitalistas, nos ha comentado algunos que modificando el numero de aportaciones teniendo el autónomos más que los capitalistas, otros nos han dicho que eso no sirve, que tendríamos que probar ante la tesorería que son verdaderamente capitalistas por ejemplo si se diera el caso de que ellos trabajaran pues por ejemplo serviría, en definitiva les ruego encarecidamente que me ayuden por que pienso que estamos en un lio tremendo y si la tesorería nos pide el pago de los autónomos con carácter retroactivo seria un verdadero problema por que apenas disponemos de fondos, ayúdenos por favor se lo pido encarecidamente y infinitamente agradecido.
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<%=Texto%>deshaga la sociedad civil y haga una mercantil.
Es la única solución.
Si lo desea la puede constituir en USA, ¿le costará 3000? ¿Más 3000? Al año, paga 0% de impuestos por ventas fuera y 8% por ventas en USA.
Aunque si apenas ganan en España es el 30%, pero el 30% de cero es cero.
O sea que hacer una SL o una LTD. son sus únicas soluciones.
En una CB usted debe pagar autónomos por cada uno de sus miembros.

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Vamos a ver, el caso es un tanto extraño, nosotros trabajamos en Asturias, y te puedo decir que cuando los socios de una Comunidad de Bienes y una Sociedad Civil, que son prácticamente lo mismo se dan de alta, en la Seguridad Social (por motivos económicos como es vuestro caso) solo se da de alta 1 de los socios en el régimen especial de trabajadores autónomos. El resto tienen que presentar una declaración jurada de no estar prestanto servicios a la sociedad y solo en el momento en que los empiecen a prestar deben darse de alta en dicho régimen (aunque esto en la realidad no se hace). Solo están obligadas las sociedades Laborales a tener dados de alta en el régimen de la seguridad social a todos sus socios, el resto NO. No obstante busca en internet la ley general de la seguridad social o haz una consulta a la propia tesorería.
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La verdad es que no te puedo decir otra cosa que lo que te han dicho porque es la verdad. Se podría ampliamente demostrar que son socios capitalistas si estuvieran trabajando en otra empresa y además estas circunstancias( de que son capitalistas) estuvera reflejado en el documento de constitución de la sociedad civil. Háblalo con tu asesor que fue el que os redactó el documento de constituicón para ver en que términos se constituyó y así os dé las medidas a tomar.

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