Colaboración periodística

Jorike:
Soy un consultor que siempre he trabajado con contratos indefinidos (en régimen general).
Este mes me ha suirgido un trabajo temporal de colaboración en un medio impreso y me piden que les facture los derechos de autor (es decir mi colaboración).
Entiendo que este tipo de trabajo no genera IVA, ¿es correcto?,
¿Puedo facturarles sin estas dado de alta como autónomo?
A mi no me interesa estar como autónomo ya que estoy trabajando en otra empresa en régimen general
¿Qué implicaciones tiene esto para mi IRPF?
Gracias por tu ayuda

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Respuesta
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Entiendo que no ya que al facturarles, habrías de facilitarles tu razón social completa, es decir NIF, dirección, etc.. y esto es sólo posible si dispones del epígrafe fiscal correspondiente que te faculta para ello y por consiguiente un NIF estando afiliado al Reg.S.S.de Autónomos en S.S. ya que entiendo, como te digo, que trabajas por cuenta ajena en Reg.Gral.S.Social de todas maneras puedes confirmarlo en tu Ag. Tributaria y en la TGSS.

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