Inversión del Sujeto Pasivo en construcción. Factura rectificativa
En 2013 emitimos facturas con Inversión del Sujeto Pasivo para empresas constructoras, y en 2014, hemos tenido comprobación limitada por parte de la Agencia Tributaria, no nos ha permitido utilizar esta fórmula en todas las facturas emitidas y nos ha minorado la cantidad a devolver que teníamos solicitada, con lo que ya hemos pagado el IVA, mi pregunta es cómo procedemos con nuestras empresas clientes, para cobrar ese IVA, si hacemos la factura rectificativa, ¿tiene qué ser de 2013 que es el ejercicio en el que nosotros hemos saldado con Hacienda pero es posible hacerlo ha estas alturas?
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Respuesta de mmmzzzmmm
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