Sociedad limitada y desgravaciones

Soy una trabajadora por cuenta ajena y desconozco el mundo empresarial, por lo que me disculpo de antemano por la pregunta, ya que no tengo ningún conocimiento. Intentaré darle las mayores explicaciones posible porque no sé cuales son necesarias.

Un familiar va a comprar una sociedad limitada dedicada a la formación, que trabaja con cursos subvencionados.

Ha trabajado como asalariada de dicha empresa y desconoce el mundo empresarial.

Las dudas que nos surgen son muy grandes, ¿pueden responderme a todas las dudas que nos surjan respecto a como hacer el contrato y demás?

¿Dónde se puede buscar ayuda? Mi hermana esta siendo asesorada por el actual asesor del vendedor lo cual no nos parece muy conveniente.

Se va a comprar la empresa por un con mucha deuda y a un precio bajo, ¿puede esto dar problemas? ¿Es esto una práctica habitual?

Se necesita material para la empresa, ¿es posible desgravarse el IVA? Tiene que comprar ordenadores.

La empresa en principio no tiene beneficios, el dinero lo reciben de la subvención del curso. Podría declarar como gasto del curso la amortización de los ordenadoress pero esto no le sale rentable y tendría que irse a ordenadores de segunda mano, sino se desgrava el IVA.

En el caso de que se pudiera dedicar a otra actividad, clases nos subvencionadas, ¿podría entonces desgravarse por los ordenadores? Porque le han dicho que ahorra no puede desgravarse.

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Para empezar, tu hermana debe buscarse una buen asesor fiscal que no este vinculado a la empresa que compra, ni los actuales dueños, para tener la opinión de una persona imparcial.

Sobre el precio que va a pagar por la empresa, sin ver los balances de la empresa no te puedo decir cual es un precio razonable. Se puede comprar una empresa con perdidas por un precio simbólico. Hay que ver que es lo que compra tu hermana - el negocio, una sociedad limitada, los contactos de esta empresa, etc.

Por el tipo de actividad que va a desarrollar tu hermana, no puede deducirse el IVA de la comprar que realice. La empresa que va a adquirir se dedica a la formación y la formación esta exenta de IVA, lo que quiere decir que en las facturas que emita no va a repercutir IVA a sus clientes. A consecuencia no puede deducirse el IVA que soporta.

A cara del Impuesto sobre sociedades, la amortización de los ordenadores que va a comprar es una gasto fiscalmente deducible, lo mismo que las nominas de los profesores que impartan los cursos, las facturas que recibe de los profesores, las facturas por la compras realizadas, etc.

Se pueden impartir por la misma empresa tanto cursos subvencionados, como cursos no subvencionados, no hay que darse de alta en distintos epígrafes.

Veo que necesitáis ayuda y orientación en este aspecto. Podéis contratar nuestros servicios a través de http://www.directconsult.es/empresas.htm o contactar con nosotros a través de Facebook - https://www.facebook.com/directconsult.es.

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