¿Autónomo o sociedad limitada?

Soy agente comercial y hasta hace dos años ejercía mi actividad profesional bajo mi propia empresa, como administrador único en una sociedad limitada.

Por razones de bajo volumen de trabajo, dí de baja la empresa (que no la disolví) y desde entonces ejercí como persona física (autónomo).

Ahora he recibido una propuesta laboral muy atractiva, con una remuneración en torno a los 35000/40000€ brutos anuales.

Como no tengo la opción de contrato laboral mi cuestión es la siguiente:

¿Me interesa seguir como autónomo, o me vale la pena reactivar mi sociedad limitada y volver a ejercer a través de ella?

Me interesan especialmente las implicaciones fiscales, sobretodo por los últimos cambios en materia de IRPF (subida de tipos impositivos, aumento de retención al 21%, etc...)

1 respuesta

Respuesta

Te merece la pena reactivar la sociedad ya que la tributación ba ser mucho mas baja como sl que a través del IRPF

¿Podrías ser un poco más específico?

Gracias.

Haber te he contestado muy por encima tienes razón pero esto es muy simple a partir de 35000 euros aproximadamente la tributación en el IRPF es superior a un 30% por lo tanto es mejor crear una sociedad en este caso esta ya creada durante este tiempo deberías haber declarado la inactividad y seguir presentando el impuesto sociedades aun cuando no lo hubieras hecho la cantidad que vas a pagar no es muy elevada por lo que siempre es preferible una sl a ser autónomo.

Si entramos en el tema de la responsabilidad mas de lo mismo por lo tanto lo que te conviene ams es una sl

Mas información [email protected]

Gracias por ser más conciso.

Tenía claro el tema de la responsabilidad, así como lo de declarar el Impuesto de Sociedades, aunque fuera sin actividad, obligación que he cumplido religiosamente.

En realidad, el punto que me interesaba es la fiscalidad.

Si con una remuneración de 35000€, el IRPF se va a un 30%, entiendo que el Impuesto de Sociedades es más ventajoso, pues si no estoy mal informado el tipo impositivo para microempresas está actualmente en el 20% (confírmame este punto).

También entiendo que hay la ventaja de que al facturar por sociedad limitada, mi empleador no me retiene el 21%, por lo que dispongo de más liquidez de inmediato.

Sin embargo, esto me plantea otra cuestión:

Si al final del año me asignara un sueldo correspondiente a los beneficios de la sociedad (descontando gastos de ingresos y dejar en el mínimo posible el saldo positivo a declarar en el Impuesto de Sociedades) entonces... ¿cómo tributaría esa ganancia en mi IRPF? ¿Siendo administrador único el tipo es más elevado? ¿Qué formulas se recomiendan en estos casos?

Quedo a la espera de su respuesta.

El tipo es un 25 el reducido hasta por importe de todas formas escríbeme [email protected] y lo cuadramos todo

Pues ssi es del 20% mas bajod e lo que yo creia

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