Quisiera saber como puedo solicitar una auditoria a la SL de la cual soy socio y tengo el 33 % y quien debe correr con los gastos de dicha auditoria, la sociedad o yo.
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Anónimo
Inicialmente debería de realizar la propuesta frente a la Junta General de la empresa realizando la correspondiente convocatoria y proponiendo el orden del día así como las justificaciones correspondientes que le llevan a solicitar que una empresa externa se encargue de realizar una auditoría de la sociedad. Si la acción de auditoría es aprobada será la empresa la que deba correr con los gastos de esa acción. En el caso de que la Junta General no lo apruebe podrá solicitarla a titulo personal así como también podrá ejercer su oposición a los acuerdos en los juzgados tal y como está recogido en la Ley de Sociedades de Capital. Si desea que nos hagamos cargo de auditar a la sociedad pueden contar con nuestros servicios profesionales de auditoría y cobertura jurídica.
Unsa cosa, este año no han celebrado ninguna Juta o por lo menos a mi no me ha llegado citación alguna, ¿qué debo hacer al respecto para solicitarle las cuentas? La sociedad no tiene cuentas presentadas desde el 2007. Yo enviaría un burofax y convocaría una junta... si me apuras notarial para que quede constancia de tu deseo de obtener información ¿Cree qué seria lo correcto? ¿Amenazar ademas con la posibilidad de instar la realización de una auditoria externa cuyo coste tendrá que soportar la sociedad (todos los socios que al menos tengan un 5% de participación pueden exigirla) y esto puede tener un coste muy elevado ya que las auditorías pueden costar hasta 10.000 euros... y esto puede ser cierto? Saludos
De entrada antes de abril se debiera haber realizado la Asamblea o Junta General Ordinaria de la sociedad para la aprobación y firma de cuentas de la sociedad correspondientes al ejercicio cerrado 2009. Por tanto, si no se ha hecho y como dice no se han presentado cuentas desde el año 2008 se encuentran en una situación comprometida que pudiera cursar (en existencia de acreedores) la pérdida de la limitación mercantil de responsabilidad de la sociedad limitada y en estos momentos podrían ser considerados socios responsables solidarios de la deuda o administradores solidarios de la deuda, es decir, responderían matrimonialmente, es una cuestión muy seria que tendría que denunciar a la mayor brevedad posible ante el juzgado de lo mercantil. Por de pronto, habría que diligenciar una petición al administrador o administradores de la sociedad para que se convoque en el plazo establecido la correspondiente Junta General con carácter extraordinario con la orden del día - auditoría interna, responsabilidad ante la no presentación de cuentas contables. Ya que deberán dejar constancia de la situación para eximirse de responsabilidad. Si, es cierto esa situación que indica, no obstante, nosotros no cobrados esas cantidades por hacer una auditoría de una pyme pequeña, se sitúa en torno a 1 mes de trabajo y venimos cobrando por norma una media de 3.500 eur + gastos. Es importante que lo realicen cuanto antes sobretodo con el objeto de defender su propio patrimonio personal. Si desean que les asesoremos al respecto y nos hagamos cargo de todas las implicaciones tanto económico-financieras, contables y jurídicas póngase en contacto con nosotros.
Muchas gracias por la información, la verdad que esta siendo de mucha utilidad, pero lo que si quisiera que me aclarase es lo siguiente, Al comentarme lo de la auditoria me gustaría indicase como podría denunciarlo en el juzgado de lo mercantil, a través de mi abogado imagino, y no dude que lo haré lo antes posible y también en el caso de solicitar la auditoria finalmente quien debe correr con los gastos, ¿la empresa o mi persona?. Y de paso no veo mal que se encargaran de dicha auditoria. Un saludo
Estamos a su disposición. Es importante que antes de denunciar convoque esa junta y solicite la responsabilidad del administrador por la no presentación de las cuentas, así mismo, deberán proceder al cese del administrador como primer paso importante previo a la demanda correspondiente. No obstante, antes de actuar es necesario disponer de toda la información ya que estamos asesorando desde el desconocimiento documental (cosa que es peligrosa). Así pues, previa a las diligencias judiciales mercantiles es necesario poner o proponer las soluciones administrativas de régimen interno. La demanda se producirá con posterioridad a las mismas y servirá de base a posibilitar el descargo de responsabilidades futuras sobre vds.