Posibles irregularidades socio S.L

Soy socio de una empresa junto con otras tres partes sociales al 25%. Uno de los socios es el encargado de la parte contable, otro es el ingeniero y los otros dos somos los oficiales instaladores. Tenemos una serie de cantidades avaladas personalmente, y últimamente la relación entre dos de los socios (contable e ingeniero) se ha deteriorado bastante.
Esto me ha llevado a investigar y cual es mi sorpresa cuando me entero que el socio contable se esta deshaciendo de su patrimonio (donando su vivienda a sus hijos, etc...).
Mi pregunta es : ¿Esto es legal? Ya que ese patrimonio avala las cantidades citadas anteriormente.
Si es legal ¿puedo yo hacer lo mismo sin comunicarlo a nadie?

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La legalidad o ilegalidad de las acciones siempre será supuesta y mientras no exista delito ni denuncia no existe ilegalidad. No debe vd., preocuparse por lo que pueda estar haciendo por cuanto existe un delito que es el de ocultación de bienes que para que exista debe producirse la situación correspondiente, es decir, que se produzca la reclamación de cantidades.
Por otro lado, si el aval es personal y no refiere directamente a ningún bien no existiría delito alguno al realizar esos movimientos con el patrimonio personal. Otra cosa es que eso puede estar pregonando una mala situación económica y que esta persona se está cubriendo las espaldas por si la cosa va a mal traer.
El aval personal no está avalado con bienes concretos sino tanto con el patrimonio presente como los bienes e ingresos futuros. Por tanto, yo no me preocuparía por ello de un modo excesivo en la medida que no es vd., el afectado sino la entidad que ostente el aval de esta persona.
Vd., puede obrar con su patrimonio como considere. De hecho, siempre aconsejo que en el caso de montar sociedades los matrimonios acuerden separaciones de bienes previas y que los bienes se pongan habitualmente a nombre del cónyuge que no es partícipe del negocio para garantizar la seguridad del patrimonio personal ya que en ciertos casos no existe la limitación de responsabilidad.
No obstante, esa actuación, si existe (debido a una demanda de un tercero) una investigación patrimonial para determinar la responsabilidad de una deuda puede ser considerada un agravante y un intento de esconder los bienes que pueden ser reclamados por orden judicial y que pueden dar lugar a sanciones incluso de índole penal.
Llegados a este punto les sugiero:
a) Realizar auditoría de la empresa así como análisis de Balances para conocer el estado real y el riesgo de la empresa.
b) Realizar una mediación interna entre los socios para poder solventar los problemas internos y en todo caso proponer medidas que supongan la tranquilidad de todos los miembros de la empresa.
c) Estudiar los planes de empresa a tres años vista desde ese momento para establecer el panorama a medio plazo y prevenir posibles problemas adoptando las soluciones necesarias.
Si quieren que les asesoremos profesionalmente pónganse en contacto en mi correo electrónico que encontrarán al final del presente mensaje.
Primero de nada perdón por la tardanza pero me ha sido imposible atender mi ordenador en estos días.
Añadir que están ocurriendo cosas un tanto extrañas, me explico:
Este señor un tiempo atrás tenia una sociedad con otra persona, y pidieron una subvención, esa sociedad a desaparecido y la seguridad social les ha sancionado con la devolución de dicha subvención. Pues bien este señor ha pagado esa sanción con el dinero de nuestra sociedad y a mi no me ha dicho nada. Me da la impresión de que no tiene intención de dar explicaciones.
Gracias de nuevo me ha sido de gran ayuda.
Lo que ha hecho esta persona es denunciable ya que es una apropiación indebida de cantidades de la empresa.

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