Cambio de contrato a una S.L.

Llevo casi un año trabajando con un contrato por obra para un autónomo. Ahora mismo se está formalizando las escrituras de una S.L.¿Puedo subrogarme a la S.L. Sin perder la antgüedad? ¿Tengo qué pedirle a mi jefe algo en especial?
Respuesta
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El contrato por obra, es la realización de una obra o servicio, teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa. Y te pongo un ejemplo para que lo entiendas.
A ti te contratan para realizar una obra que consiste en hacer un bloque de pisos. Tu categoría es de pintor. Pues cuando se acaben de pintar los pisos, tu contrato habrá acabado. La indemnización que te correspondería al finalizar el contrato seria de 8 días por año, de salario.
En caso de que te subrogue la empresa, por el mero echo de cambiar de empresa, no tienes derecho a ninguna indemnización, pero el derecho a que se te respeten todas las mejoras y antigüedad que tengas en la empresa.
En el primer caso ¿hasta cuándo como máximo podría seguir por obra?
En ese segundo caso ¿qué indemnización me correspondría?
Tu no tienes que hacer nada, sino tu jefe cuando se subrogue, y si, mantendrás la antigüedad.
Pero también puede pasar que te den de baja como persona física, y luego te contraten con la S.L.

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