Extinción del contrato

Estimado experto:
Tengo una sociedad que gestiona una empresa con un único trabajador. En breve dicha empresa finaliza su actividad, aunque la sociedad continuará en un futuro con otra actividad diferente pero después de un plazo de adaptación de las instalaciones sociales.
Durante el proceso de adaptación y con la nueva actividad no existirá tarea para encomendarle a este trabajador.
La pregunta es: ¿Tendré qué despedirlo con una indemnización de 45 días por año trabajado o existe alguna forma más barata para extinguir su contrato?

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Tras darle vueltas creo que la hay.
http://www.tusalario.es/index.php?pid=62#objetivas
Bueno, podemos tratarlo como una amortización de puestos de trabajo. Hay causas técnicas y organizativas, son menos de 10 trabajadores los afectados.
Esto lo convertiría en un despido procedente y justificado con una indemnización de 20 días por año hasta un máximo de 12 mensualidades. Y seis horas semanales para buscar trabajo.
En estos casos, y para evitar problemas lo mejor es negociar desde esos 20 días y ser flexible en esas 6 horas para la búsqueda de trabajo. De esta forma es incluso probable que el trabajador provoque causa objetiva de despido disciplinario.
Portándonos bien, sería útil hacerle un servicio de recolocación al trabajador buscándole oportunidades de empleo en otras empresas.

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