Reducción de jornada

Hola, tengo una duda y me gustaría que me la resolviesen, actualmente trabajo 40 horas semanales, he pedido por escrito una reducción de jornada a 20 horas semanales, no han puesto ninguna objeción, lo único es que yo en la solicitud había puesto el inicio y fin de la reducción de jornada pero me han dicho que el fin es cuenta de la empresa, ahora me preocupa que cuando quiera reincorporarme a 40 horas a finales de verano, la empresa no quiera y me mantenga así a 20 horas. ¿Eso es legal? ¿Es decisión de la empresa volver a ponerme a 40 horas? La reducción la pido para poder trabajar en un segundo empleo y no por cuidado de hijos, ¿eso lo diferencia algo?
Muchas gracias.

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Es la trabajadora quien decide cuando finaliza la reducción y cuando vuelve a incorproarse a jornada completa siempre que preavise a la empresa con 15 días PERO SOLO EN LOS SUPUESTOS DE REDUCCIÓN DE JORNADA POR CUIDADO DE HIJO O FAMILIAR. En tu caso sería para temas de pluriempleo y la Empresa si puede exigirte que volverás a las 40 horas cuando ellos lo estimen, ya que te están concediendo una reducción que legalmente no está cubierta como tal, sino que es un acuerdo particular entre empresa y trabajador
Hola, tengo una duda y me gustaría que me la resolviesen, actualmente trabajo 40 horas semanales, he pedido por escrito una reducción de jornada a 20 horas semanales, no han puesto ninguna objeción, lo único es que yo en la solicitud había puesto el inicio y fin de la reducción de jornada pero me han dicho que el fin es cuenta de la empresa, ahora me preocupa que cuando quiera reincorporarme a 40 horas a finales de verano, la empresa no quiera y me mantenga así a 20 horas. ¿Eso es legal? ¿Es decisión de la empresa volver a ponerme a 40 horas? La reducción la pido para poder trabajar en un segundo empleo y no por cuidado de hijos, ¿eso lo diferencia algo?
Muchas gracias.
Gracias, me ha quedado claro, pero estaba pensando, yo soy fijo, cada año entra gente nueva como eventual, y me preguntaba si yo tengo preferencia sobre ellos, si la empresa puede contratar o renovar a personas eventuales y a mi dejarme en 20 horas, ¿a sabiendas de que yo quiero subir otra vez a 40 horas semanales?.
Otra duda, hay un compañero con una categoría superior que quiere bajarse de horas, ¿podría pedir yo cubrir esas horas? Tengo las cualidades necesarias para ese puesto, que es tener el carnet tipo D.
Gracias por su tiempo.
Sobre todo esto no hay nada regulado legalmente, e es decir todo se basa en los acuerdos que haya entre empresario y trabajador y la voluntad de ambos.
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Siento el retraso.
Sí, lo diferencia bastante. La ley recoge que se puede pedir la reducción de jornada por cuidado de hijos y que la empresa la debe aceptar.
    En cuanto a pedir la reducción de jornada por otros motivos pues la empresa puede dar su beneplácito o no, si es un motivo de fuerza mayor, la empresa puede tener la obligación de aceptar la reducción. Pero por compaginar trabajos la empresa no tiene obligatoriedad de aceptar la reducción.
    Si en el momento de solicitar la reducción lo hacemos por un tiempo determinado y es por el motivo que tú dices, a menos que la empresa nos firme un papel en el que venga recogida la fecha de vuelta a 40 horas la empresa tiene potestad de mantener el cambio de jornada indefinidamente. Ya que ha sido el trabajador el que lo ha solicitado y no incurren en ninguna irregularidad si no te vuelven a tus horas anteriores.
    Lo que pides no es una excedencia ni viene recogido en ninguna parte dentro de lo que es la compatibilización de la vida familiar y el trabajo. Es para trabajar en otro sitio y la empresa por sus motivos ha aceptado tu reducción horaria.
    Lo más seguro es que a la empresa le convenga tu reducción de horas y probablemente le siga conviniendo posteriormente.
    El problema es que tú lo has pedido durante un tiempo determinado. Pero la empresa no creo que haya firmado un acuerdo para que transcurrido ese tiempo vuelvas a tiempo completo. Si lo hubiese firmado o hubiese constancia por escrito demostrable como un burofax, tendrían la obligación de cambiarte a 40 horas transcurrido ese tiempo. Pero no siendo así habrá que ver qué pasa cuando pidas volver.
    Suerte.
Hola, tengo una duda y me gustaría que me la resolviesen, actualmente trabajo 40 horas semanales, he pedido por escrito una reducción de jornada a 20 horas semanales, no han puesto ninguna objeción, lo único es que yo en la solicitud había puesto el inicio y fin de la reducción de jornada pero me han dicho que el fin es cuenta de la empresa, ahora me preocupa que cuando quiera reincorporarme a 40 horas a finales de verano, la empresa no quiera y me mantenga así a 20 horas. ¿Eso es legal? ¿Es decisión de la empresa volver a ponerme a 40 horas? La reducción la pido para poder trabajar en un segundo empleo y no por cuidado de hijos, ¿eso lo diferencia de algo?
Muchas gracias.
Gracias, me ha quedado bastante claro, aunque ya me lo imaginaba. Pero de todas formas, ¿podría elegir el turno que a mí me convenga para poder compaginarlo con el otro trabajo? A otros compañeros se lo compaginan, ¿me lo podrían negar a mi? Es que últimamente la tienen tomada conmigo.
Al no ser una reducción de jornada que recoja la ley como obligatoria todo dependerá del pacto individual entre trabajador y empresa. Lo que tendrás que hacer será negociar el nuevo horario. Te lo pueden negar y como los demás trabajadores que están en tu misma condición se van a quedar callados no es muy defendible.
    Vamos que no firmes la reducción de jornada a menos que sea la que tú quieres ya que el que te lo cambien unilateralmente es motivo de rescisión del contrato como si fuera despido improcedente.
    Y sobre la reincorporación y demás pues ya se verá, haz números a ver si te renta.
Hola, no entiendo muy bien la parte en la que dice "ya que el que te lo cambien unilateralmente es motivo de rescisión del contrato como si fuera despido improcedente.
¿Me lo puede explicar? Gracias.
Ningún problema.
    A ver, si tu empresa cambia tu contrato: Lugar, horario o lo que quiera siendo la empresa la que lo decide sin acuerdo del trabajador pues el trabajador puede pedir la finalización del contrato por "modificación sustancial de las condiciones de trabajo" Estatuto de los Trabajadores art 41. Y perdón, no era como despido improcedente con 45 días por año, es con 20 días por año.
    Me refería a que si la empresa acepta el cambio pero te pone en un horario que no quieres simplemente di que no a la reducción de jornada. Según la ley las nuevas condiciones las tienes que conocer con 30 días de antelación. Así que primero te tendrán que informar del horario y después tendrás que aceptar o no. No va al revés, que primero aceptas y luego te informan.
    Todo tiene que estar hablado y firmado 30 días antes de que se produzca el cambio.
Muchas gracias por su aclaración y su tiempo prestado, haber que pasa, la reducción de jornada la empiezo la semana que viene y de momento no me han dicho nada del turno que tendré, porque en esta empresa los turnos van rotando.

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