Excedencia maternal y beneficios sociales

Hola,
Mi mujer por trabajar en su compañía disfruta del siguiente beneficio social:
Tenemos un precio ventajoso para el seguro social de toda la familia (padres y niños).
Ha pedido una excedencia por maternidad de un año (para cuidar a nuestros gemelos!)Y desde la empresa nos han dicho que como ya no pertenece a la empresa, ya no podemos seguir beneficiándonos del descuento.
Aclaración: La empresa no paga nada simplemente es un descuento por pertenecer al colectivo que aplica la compañía del seguro de salud (que para nosotros y con excedencia no es poco!).
Ya que me he encontrado que la persona que lo gestiona es un frontón,
¿Tengo derecho a ese descuento? ¿Realmente mi mujer ya no pertenece al colectivo de la empresa?
Gracias anticipadas por su pronta respuesta

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Respuesta
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Pues la empresa tiene razón. Una excedencia sea del tipo que sea conlleva suspender temporalmente la relación laboral. Es decir, no está contratada por dicha empresa.
    Al no estar cotizando en la empresa ni recibiendo salario de la misma todo ingreso proveniente de la misma está suspendido. Es decir, que no está cotizando a la Seguridad Social por estar en dicha empresa ni a Hacienda. Igualmente beneficios como tickets restaurante, tarjetas para gasolina y descuentos o afiliaciones a seguros médicos privados quedan suspendidas.
    Aún así puede quedar duda ya que la ley recoge que el excedente puede y debe asistir a los cursos de formación que convoque el empresario. Pero salvo esta excepción el resto de la relación laboral es como si no existiera.

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