Pluses en nómina situación IT
En mi empresa determinadas personas perciben un plus anual por trabajar a turnos y también una cantidad por un compromiso postcontractual de no competencia. Ambos conceptos cotizan a la Seguridad Social y por tanto están incluidos en la base de cotización.
La duda que se me plantea es si ante una baja por IT o AT, se deben abonar al 100% estos dos conceptos. Actualmente se viene haciendo así, puesto que las personas que trabajan a turnos, ajustan los mismos para cubirse en vacaciones e incluso cuando algún compañero está en situación de IT, y la cantidad abonada por el compromiso postcontractual de no competencia también se abona al 100% puesto que no retribuye trabajo efectivo, sino que "indemniza" un compromiso futuro una vez se extinga la relación laboral. Esto es lo que me han dicho. ¿Sería correcta esta forma de pago? Esto hace que normalmente en bajas de larga duración, se cobre más que trabajando.
La duda que se me plantea es si ante una baja por IT o AT, se deben abonar al 100% estos dos conceptos. Actualmente se viene haciendo así, puesto que las personas que trabajan a turnos, ajustan los mismos para cubirse en vacaciones e incluso cuando algún compañero está en situación de IT, y la cantidad abonada por el compromiso postcontractual de no competencia también se abona al 100% puesto que no retribuye trabajo efectivo, sino que "indemniza" un compromiso futuro una vez se extinga la relación laboral. Esto es lo que me han dicho. ¿Sería correcta esta forma de pago? Esto hace que normalmente en bajas de larga duración, se cobre más que trabajando.
Respuesta de msc2008
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