¿Están exentos de pagarme el plus de nocturnidad?

Llevo dos años trabajando como auxiliar administrativa en un horario nocturno para una empresa de taxis, lo cual indica que me convenio se rige por el de transporte de viajeros. Trabajo 36 horas semanales en un horario de 23.00 a 07.00, el problema es que en mi contrato no se especifica por ninguna parte dicho horario, ni siquiera los días que trabajo dado que el turno es rotativo y una semana trabajo unos días y otra, otros. De hecho en mi contrato pone claramente "La distribución del tiempo de trabajo será de 36 horas a la semana prestadas de lunes a domingo con los descansos que estabece la ley", mi duda es la siguiente, ya que lo hemos hablado varias veces entre las compañeras, ¿esta indicación en mi contrato les excluye de pagarnos un plus de nocturnidad? Como no aparece en ninguna parte el horario que hago y tanto me pueden decir que venga de noche como que venga de mañanas, ¿pueden aprovechar eso para eximirse del pago de nocturnidad?
Respuesta
1
Si en tu contrato ya aparece el horario nocturno como horario normal y regular de trabajo el tema de la nocturnidad no aplica pues ya está incluida.
Otra cosa, es que no aparezca y que además no constituya un horario regular (pues dices que es rotatorio). Entonces si el contrato no dice nada de rotatorio con noches efectivamente puedes exigir el plus de nocturnidad
Bien, a ver si me aclaro, es que en mi contrato no pone nada del horario que realizo pero no, siempre es el mismo horario, como te dije de las 23.00 a las 07.00, simplemente rotan los días que trabajo incluyendo 2 miércoles al mes donde tengo que ir de mañanas. Insisto, en ninguna parte indica que mi horario sea ese, ni ese ni otro vaya, simplemente que trabajaré lo legal en los 7 días con los descansos correspondientes y tal siendo mi jornada semanal de 36h. yo supongo que se "aprovechan" de que no esté indicado ningún horario en el contrato para pagarnos a todas lo mismo, a las de mañana, a las de tarde y a las de noche. Si lo he entendido bien en este caso no puedo solicitar el plus nocturno pues es para todas el mismo sueldo, ¿no?
Muchas gracias por tu ayuda y paciencia, un saludo
Es correcto lo que comentas, a falta de concreción en el contrato la empresa siempre puede recurrir y/o probar:
a) Que ese es tu horario habitual
b) lleves 2 años de contrato

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas