Trabajador a tiempo parcial (por horas y días)
Buenos días:
Tengo una duda en esta nomina trabajador con categoia aux. Administrativo posee un contrato indefinido a tiempo parcial trabaja lunes y miércoles 8 horas cada día total 16 h/semana, la jornada habitual de la empresa es de 8 h/d osea, 40 h/semana. En el mes de marzo: salario base:¿295,75?, plus convenio:25,02, horas complementarias 6 h: ¿41,02? Y horas extraordinarias:¿8,30?, también tiene reconocidas 2 pagas extras de 295,75 cada una. El problema es el siguiente: La cuantía de la base no podrá ser inferior a 4,39?/h multiplicándolo por las horas realizadas durante el mes y los descansos computables como trabajo, que corresponda al descanso semanal y festivos. Algunos tienen en cuenta este descanso y otros no solo las horas trabajadas ¿Cuaol es el correcto? Te pongo la fórmula que elaboran los que tienen en cuenta el descanso semanal. Como traaja lunes y miércoles son 9 días al mes por 8hcada/dia=72 h/mes
las 16 h. Realizadas por el trabajador en relación con las 40 h habituales supone un 40% de jornada el 40% de 8 h. Da un resultado de 3h y 12 minutos este es el numero de horas a computar para cada día de descanso
8dx3h y 12 minutos=26h
Base mínima= 26H descanso+ 72h trabajadas+6 horas complementarias=104hx4,39(minimo a t.parcial por hora)= 456,56hpor debajo de eso no puede estar la base de c.comunes, como en esta nómina da 411,08 se pone esta base.
¿Es correcto así?
Tengo una duda en esta nomina trabajador con categoia aux. Administrativo posee un contrato indefinido a tiempo parcial trabaja lunes y miércoles 8 horas cada día total 16 h/semana, la jornada habitual de la empresa es de 8 h/d osea, 40 h/semana. En el mes de marzo: salario base:¿295,75?, plus convenio:25,02, horas complementarias 6 h: ¿41,02? Y horas extraordinarias:¿8,30?, también tiene reconocidas 2 pagas extras de 295,75 cada una. El problema es el siguiente: La cuantía de la base no podrá ser inferior a 4,39?/h multiplicándolo por las horas realizadas durante el mes y los descansos computables como trabajo, que corresponda al descanso semanal y festivos. Algunos tienen en cuenta este descanso y otros no solo las horas trabajadas ¿Cuaol es el correcto? Te pongo la fórmula que elaboran los que tienen en cuenta el descanso semanal. Como traaja lunes y miércoles son 9 días al mes por 8hcada/dia=72 h/mes
las 16 h. Realizadas por el trabajador en relación con las 40 h habituales supone un 40% de jornada el 40% de 8 h. Da un resultado de 3h y 12 minutos este es el numero de horas a computar para cada día de descanso
8dx3h y 12 minutos=26h
Base mínima= 26H descanso+ 72h trabajadas+6 horas complementarias=104hx4,39(minimo a t.parcial por hora)= 456,56hpor debajo de eso no puede estar la base de c.comunes, como en esta nómina da 411,08 se pone esta base.
¿Es correcto así?
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Respuesta de inesmarar
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