Despido indemniz. 20 días

Buenas tardes, hoy me han llamado de RRHH para decirme que nuestra delegación se cierra y que se llevará desde otra, me han dado dos posibilidades, me traslado o acepto una indemnización de 20 días por año. Estoy ahora mismo de vacaciones, mi baja por maternidad se cumplió el 28 de agosto. En teoría no me pueden despedir hasta que el niño tenga 9 meses, lo comenté y me dijeron que no era un despido sino que es una opción que da la ley en caso de traslado, ¿qué cobraría el paro pero no por despido? ¿Es verdad esto? ¿O puedo negociar algo más? Me urge la respuesta porque tengo que responderles a ellos. Un saludo y gracias

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No, son medias verdades. Es cierto que no es un despido pero es porque es en los casos que tu no acpetes el traslado y solictes la extinción de tu contrato con 20 dias/año, pero es a instancia tuya.
Eso puede que lo hagan para evitar efectuar despidos por causas objetivas o porque no están seguros que puedan alegar suficientes argumentos para motivar el despido objetivo y puede que sea improcedente
Actuaciones
a) intentar oponerte al traslado cuando te lo comuniquen oficialmente para pedir la paralización de ela medida
b) si tienen buenos argumentos y les dan razón y por tanto procede el traslado o bien te trasladas o bien tendrás que solicitar tu la extinción ( 20 días)

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