Jubilación anticipada 64 años

Si yo contratara a una persona para sustituir a un empleado con 64 años que se quiere jubilar anticipadamente, mi pregunta es si puedo contratar al nuevo empleado con un sueldo inferior al que se quiere jubilar; siempre respetando el salario convenio de su misma categoría.
Tengo esta duda porque el empleado que se quiere jubilar además de cobrar el salario convenio correspondiente a su categoría cobra también una mejora voluntaria lo que hace que su salario total sea un poco elevado y si contratamos a una persona nueva queremos hacerlo por un salario inferior, que ya sé irá incrementando con el paso del tiempo.
Esta duda alcanza también consecuentemente a la base de cotización de la seguridad social; ¿Hay alguna obligación de que sea la misma que la del trabajador que se quiere jubilar o puede ser inferior al contratar a la nueva persona con un salario inferior?.
Muchas gracias por dedicarme vuestro tiempo.
Respuesta
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Imagino que te refieres aun contrato de relevo, en ese caso no, no es necesario. Lo único que tiene que ser igual es la categoría, el salario tiene que respetar unicamente el convenio.
Las cotizaciones son las que correspondadn según el salario que tenga, no hay que mantener las bases del anterior trabajador.
Perdona por no haber respondido antes; creo no haber recibido el mail donde se me avisa de la respuesta.
Muchas gracias por tu respuesta que aclara todas mis dudas.

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