Jubilación

Todavía sigo dándole vueltas al tema, si el trabajador del que te hable que se le iba a despedir con el despido objetivo, no se le despide y se espera a que se jubile, (¿ha empezado con los tramites ahora y tiene 44 años) habría que darle finiquito o no?

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No te entiendo... si no lo despides y sigue de alta en la empresa, no tienes que darle el finiquito.
Me refiero al momento en que lo jubilasen, si es por contingencia común no habría que darle ningún finiquito, pero lo si lo hiciesen por contingencia profesional, es decir, si le reconociesen la enfermedad profesional supongo que le correspondería algún tipo de indemnización que no se si correspondería dársela a la empresa o no. es que mi jefe lo único que quiere es que trabajemos y le costemos lo mínimo posible.
Sí me imagino que como todos los jefes, je, je. Si le conceden la incapacidad, y la empresa por tanto le da de baja, tienes que abonarle las pagas extras y vacaciones que tenga pendientes.

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