Finalización de prórrogas contrato en prácticas

Le escribo porque en 10 días finalizaré la última prórroga de mi contrato en prácticas (2 años con esta modalidad). Hace unos meses mi jefe me comentó que, acorde la política de la empresa (multinacional), me renovarían un año más y el año que viene decidirán si dejarme indefinido.
Ahora mi jefe está de vacaciones y no tengo noticias de Recursos Humanos, ¿deben avisarme de la renovación y darme un nuevo contrato para firmar o existe algún tipo de prórroga automática? Se que en obra y servicio el no aviso implica contrato indefinido pero desconozco si eso es aplicable al contrato en prácticas.
En caso de renovarme por obra y servicio, ahora mismo soy responsable de un proyecto en el cual terminamos nuestro contrato con el cliente el próximo 1 de Enero, si el cliente no renueva nuestros acuerdos, ¿la empresa podría rescindir mi contrato en vigor o estaría obligada a asignarme otro proyecto hasta que finalice el mismo?.

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Un contrato en prácticas tiene una duración máxima de 2 años, sí o sí... si no te comunican que dicho contrato ha finalizado pero te lo tienen que comunicar si no lo hacen y tu sigues trabajando tácitamente se entiende que eres indefinido...
Si finalizan este tendrían que hacerte un nuevo contrato esta vez eventual o por obra y servicio... pero a efectos antig deberían reconocerte los dos años de antigüedad...
El contrato en prácticas no tiene indemnización, pero uno temporal sí
Ahora NO es una renovación, ya que no puede durar más de 2 años el contrato en prácticas... como no tengas realmente otro tipo de contrato y creas que es en prácticas... tendrían que finalizar el c. en prácticas y hacerte uno nuevo. Para darte el nuevo contrato tienen 10 días... pero sí o sí te tienen que comunicar el fin de tu contrato actual.
Para empezar como no es lo mismo que un contrato en prácticas... si te hacen un contrato por obra y servicio, que tiene sentido si estás sujeto a un proyecto determinado... el contrato puede finalizar cuando finalice el servicio... tendrías derecho a 8 días de indemnización durante el 2011 y 9 a partir del 2012... El caso que no tendrían obligación de tenerte un año... sería solo un contrato hasta fin de obra... Si te hacen un contrato eventual... quiere decir que es temporal pero están obligados a poner una fecha de fin, si esta fuera a un año vista y quisieran despedirte tendrían que pagarte o 45 días o esperar a la fecha puseta en tu contrato, dar como finalizado el contrato y ser 8 o 9 días según el año...
Tu empresa no está obligado a darte proyectos... ellos eligen si te despiden o te dan otro...

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