Nomina

Buenos días. Mi pregunta es que en mi empresa no te suelen dar 2 pagas extraordinarias, con lo que van camufladas en la nomina mensual de cada trabajador. Ahora queremos contratar a un programador y ha pedido 900 euros, ¿cómo le podría calcular la nomina para no pagar mucho de seguridad social? ¿Le puedo poner gastos de dietas y transportes para no pagar por ello s.s.? ¿Es eso legal?
Respuesta
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Las pagas extraordinarias se pueden "prorratear" mensualmente en determinados casos, de forma que el empresario no tenga que realizar un esfuerzo mayor en el abono de las mensualidades de junio y diciembre. Esto es perfectamente legal pues la cotización realmente es la misma ya que por Ley se cotizan las pagas extras en todo caso prorrateadas mensualmente.
El camuflar dietas y desplazamientos en la nómina para no cotizar a la Seguridad Social si es ilegal, de todos modos solo están exentos de cotización los importes hasta un límite que viene reflejado en las normas de cotización.
Ten en cuenta que en caso de que el trabajador denuncie a la empresa por realizar este tipo de prácticas ilegales la sanción será bastante mayor del ahorro que pueda suponer en la cotización a la Seguridad Social y que además se está defraudando al trabajador en sus aportaciones al Sistema de la Seguridad Social.

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