Pues si lo acuerda así con el comité... pues sí, técnicamente sí se puede... igual que si ahora saliera el IPC hay que pagar los atrasos... pueden decidir que es un acuerdo con carácter retroactivo...
Podríais denunciarlo pero si ha habido acuerdo con el comité... ummmmm los jueces no se inclinan a revocar ese tipo de decisiones... aunque sinceramente si tu comité se muestra conforme lo lógico sería que NO aceptara que fuera retroactivo...
A ver, tu empres alo puede hacer sin acuerdo con el comité pero es más arriesgado... por lo que a tu empresa le interesa el acuerdo, y a vosotros que si esto es inevitable, al menos no sea retroactivo... ¿no pueden llegar a ese acuerdo?
Y si no, directamente que se nieguen y denunciáis cuando la empresa lo haga... porque igual no tiene motivos legales para hacerlo... pero si los tiene... perderíais... aunque en el juicio igual un juez admite que NO sea retroactivo... ya que además la reforma es del 12 de febrero!