Partes de visita a urgencias

Tengo un pequeña empresa, y últimamente, uno de mis empleados, cada dos viernes, va a urgencias y no me viene a trabajar.
¿Le justifica la baja el simple parte de urgencias?

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Le justificará la falta por todo el día o por las horas de presencia en urgencias de acuerdo a la redacción de dicho parte de urgencias. No obstante tu puedes descontarle el salario de dicho día ya que solamente estarás obligado a pagarle el 50% de los 3 primeros días de baja a lo largo de todo el año salvo que el convenio al que pertenezcas te diga otra cosa.
Habla con el trabajador y mira el problema que existe, puede tener problemas de algún tipo, investiga un poco...
Si el asunto se sigue repitiendo puedes sancionarlo por escrito con falta grave en la que no indiques cuando se cumplirá la sanción y esperar si el trabajador recurre la sanción. Si no la recurre dentro de los 20 días siguientes impones la sanción de suspensión de empleo y sueldo u otra que estimes oportuna. Cuando tenga varias faltas acumuladas procedes al despido si no ha corregido el tema.

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