Vacaciones

Hola, me han notificado las vacaciones en mi empresa, yo pedí un mes de vacaciones desde el lunes 23 de agosto. Ha salido publicado el calendario y hay compañeras que les han concedido del 1 de julio al 31 de julio, otras del 15 de julio al 15 de agosto, pero mi sorpresa es cuando veo por escrito que a mi me han concedido del 23 de agosto al 20 de septiembre. ¿Qué puedo hacer?, no me pueden contar las vacaciones desde el sábado porque yo trabajo de lunes a viernes, tampoco entiendo que si tienes un mes de vacaciones la que empieza de vacaciones el 15 de julio debería terminar las vacaciones el 14 de agosto, por otro lado y contando que este año en agosto el 16 es festivo y lunes ese día también habría que contarlo como de vacaciones, ¿no es así? Quiero tener argumentos para exponer mi queja ante mis superiores. Un Saludo y gracias.

1 Respuesta

Respuesta
1
Las vacaciones anuales retribuidas son de 30 días o un mes, así viene establecido en el Estatuto de los Trabajadores, así que si lo tomamos como un mes tendrías que empezar a trabajar el 23 de septiembre. Si optases por disfrutarlas por partes, se te contarían treinta días naturales.
Esto siempre que lleves trabajando en la empresa desde antes del 1 de enero del presente año, ya que de lo contrario las vacaciones son proporcionales al tiempo trabajado.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas