Contrato a persona jubilada

Recientemente he montado un negocio y una persona jubilada de mi familia que tiene 67 años, se ha ofrecido a hacer labores de secretario (coger el teléfono, gestionar clientes, abrir la puerta...). Para mí será de gran ayuda porque él ya conoce el negocio y porque no se generará una situación incómoda al "despedirlo" si las cosas nos van mal.

Mi idea era hacerle un contrato normal y pagarle un poco más de lo que recibe como pensión (cobra 700 euros), pero mi duda es qué va a pasar con su pensión cuando deje el nuevo trabajo. ¿Puede volver a cobrar los 700 euros o sería un poquito más o lo perderá todo?

Si yo quiero que la persona reciba 900 euros, ¿cuánto debería pagar yo por él a la Seguridad Social? Si no puedo contratarlo por estar jubilado, ¿sería posible que trabajara si se convierte en accionista de la empresa?

Respuesta
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Con la nueva ley de Jubilación aprobada este mes de marzo, los jubilados podrán trabajar también pasando a cobrar la mitad de su jubilación y su cotización sería del 8% siendo esta 2% cargo al trabajador y el 6% cargo a la empresa. Si deja el nuevo trabajo volverá a cobrar la totalidad de su pensión de jubilación que podría ser igual o superior a la que ya estaba cobrando según el IPC. Pero nunca la perderá.

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