Derecho laboral

Me gustaría saber como está el tema legal en mi problema
Estoy en una empresa grande con diferentes pequeñas empresas. En la que estoy yo, siempre se ha ganado dinero y no hay previsión de perder a corto plazo (tal como está el patio no me atrevo a más). Ahora nos toca renovar convenio y parece ser que intentarán reducir salarios... Osea bajar el sueldo
¿Hasta qué punto pueden hacer eso actualmente? ¿No tenemos unos derechos consolidados con los años? ¿Se puede renunciar a ello y pedir 45 días por año?
Por otro lado si la empresa decide prescindir de trabajadores por motivos de previsión de pérdidas (en caso de la empresa grande) osea 20 días por año ¿puede prescindir de un individuo que está en una empresa con beneficios y que no prevé pérdidas?
Gracias

2 respuestas

Respuesta
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Te comento: los que deciden los convenios saben lo que hacen. Los cemvenios normalmente favorecen al trabajador más que la ley, por eso se aplica. Ya que sino se aplicaría lo ley, por tener preferencia.
Si en algún momento, las condiciones que establece el convenio son inferiores a la ley, se establecerá esta última.
Si renuncias a tus derechos, te despides tu mismo así que no tendrías derecho a paro. Pero si el convenio y la ley establecen algo, y la empresa no lo cumple:pues entonces si puedes acudir a los juzgados poner denuncia, y tendrías que demostrar todo esto para que tuvieras derecho a indemnización, paro,... solo se establecen determinasdas condiciones, y esta es una de ellas.
Por otro lado, la empresa no puede despedir a la gente, por una previsión que tenga, es decir, si puede, `pero legalmente la ley no le protege. Por lo que no es favorable a ellos, sino a vosotros los trabajadores, no serviría para nada.
Experto, que te sirva de ayuda.
Saludos y suerte, valórame mi respuesta. www.gomezymurcia.com
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En un acuerdo de convenio no se pueden bajar los salarios, se puede negociar sobre los incentivos, bolsas de vacaciones o cosas similares... Se puede pactar una reducción temporal de salario (para esto todos los empleados tienen que estar de acuerdo) pero esto solo se plantea cuando la alternativa es un expediente de regulación de empleo, muchos despidos etc...
Pueden acordar CONGELAR salarios, es decir, que no os suban el IPC.
El comité de empresa o los sindicatos ya me parece a mí muy muy raro que admitan reducir salarios, como te digo medidas alternativas es no subir, pero nunca bajar...
Sí, tienes derechos, tu salario es irrenunciable... y si unos pocos deciden por ti bajar el salario, y aunque lo hagan por acuerdo colectivo, tú podrías reclamar en el juzgado de lo soscial, porque los comités y sindicatos tienen muchas competencias pero no la de aprobar una bajada de salarios .
COmo te digo, distinto es que os reduzcan los premiso, los bonus, comisiones, y demás temas que sean mejoras de la empresa que no estén establecidas en convenio. Es anti constitucional negociar unas tablas salariales inferiores a lo que eran sin un compromiso y tiempo pactado de recuperación y compensación al menos... y aún así podrías reclamarlo en un juzgado...
Según la modificación del año pasado, sí se puede despedir de forma objetiva (20 días) con que una empresa del grupo de pérdidas... pero en la práctica está resultando no difícil sino casi imposible... por lo que si te pasara... .DENUNCIA.
No, la empresa no puede decirte que o te baja el salario o te vas con 45 días... .45 días es un despido improcedente, no tienen que alegar motivo alguno... pero por eso te dan lo máximo que son 45 días... si tú renuncias... no tienen ni por qué ofrecerte 45 ni nada..
Enterate bine qué quieren negociar exactamente porque en serio que me extraña muchísimo que ningún sindicato negocie bajadas salariales...

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