¿Se cuentan los días de libranzas en vacaciones?

Actualmente nos van a cambiar la jornada, trabajando de lunes a viernes y librando un viernes cada semana. Para contabilizar las vacaciones (22 días laborables), ¿es legal que me cuenten las mismas en los días de libranza?

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¿Librando un viernes cada semana pero trabajas de lunes a viernes? No entiendo nada... a ver las vacaciones son vacaciones y la libranza son los descansos semanales legales, son cosas diferentes...

Yo trabajo de lunes a viernes, pero una semana trabajo de lunes a jueves y la otra de lunes a viernes, por lo que en computo de horas hago 80 cada dos semana. Mi pregunta es que si por cuadrante me toca librar un viernes y esa semana estoy de vacaciones, me cuenta en computo ese día en vacaciones, en vez de 5 días de vacaciones serian 4 gastados o cinco gastados?

Pues es más que posible que dependa de jornada anual... es decir del total de horas que hagas anualmente, porque estamos en las mismas... si trabajas de lunes a jueves una semana y la siguiente que te tocaba trabajar el viernes ... ¿es fiesta?

Técnicamente ese día de libranza, librarías... no sería vacaciones, pero depende de vuestros cuadrantes etc... ten en cuenta que se tiene que cumplir las horas que hagas al año o el promedio mensual de tu convenio y al mismo tiempo que tengas 22 días de vacaciones y 14 festivos...

Si tenéis los cuadrantes YA hechos, y te pides una semana que trabajabas de lunes a jueves... seguro son solo 4 días de vacaciones... pero si todavía no tienes el cuadrante dependerá del cómputo.. lo más fa´cil para tu empresa es que NO sean vacaciones porque lleve semana sí trabjaas semana no... pero sobretodo deberías preguntar cómo funciona eso y por qué...

Igual algún compañero lo sabe... pero es que sin tener tu planificación anual es complicado...

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Sea como fuere, lo que hay que tener claro es que una cosa son las vacaciones y otra son días de libranza. El caso es que, las vacaciones no pueden comenzar justamente cuando hay libranzas. Para que se entienda mejor, si en una empresa trabajan de lunes a viernes, librando sábados y domingos y hay que coger vacaciones, si ha trabajo hasta el viernes, las vacaciones no se cogerian desde el sábado ni el domingo, sino desde el lunes siguiente. Si no hay acuerdo en cuanto a fechas, en principio, ambas partes podrían elegir por mitad pero siempre siguiendo la regla de que, las vacaciones no empiezan contando días de libranza.

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