Desplazamiento sede trabajo

Hola,

Mi caso es el siguiente :

Resido y estoy contratado en Hospitalet de Llobregat y me cambian mi lugar de trabajo a Barbera del Valles.

Actualmente dispongo de vehículo de empresa , con el que pienso realizar los desplazamientos casa-trabajo-casa. En caso de que la empresa quiera que utilice el vehículo solo para uso profesional,que es como lo utilizo actualmente, este desplazamiento se considera como tal?

Me corresponde alguna dieta o compensación similar por el desplazamiento?

Mi empresa forma parte del convenio del metal.

Gracias

Respuesta
1

Técnicamente, respecto a salario en especie (coche de empresa), la ida y vuelta de casa se considera también retribución en especie de modo que si tu empresa no la mete como tal, debería ir a tu cargo.

Otra cosa es que si te han cambiado de sito y está a más de 20 km´s uno de otro más o menos, la empresa debería o bien darte el modo de ir o bien darte algún tipo de plus transporte, que en tu caso perfectamente se podrían hacer cargo del coste de ida y vuelta del trabajo.

La cuestión es que cómo se considere el coche ya que si te lo llevas, la empresa tiene que declararlo como salario en especie, pero si se queda en la oficina es un coche de empresa y punto.

Pero si os van a cambiar debería ser ut empresa la que te explicara todo esto.

Respecto a lo del plus transporte, hay algún documento o ley que haga mención a ello?

Usuaria, si me dices para qué lo quieres y cuál es tu duda exactamente podré darte referencias... la cuestión es que tu convenio dice que es EXTRASALARIAL, y con eso basta... puedes buscarlo en la legislación fiscal... pero es realmente un texto tedioso...

Todo lo que excediera de la cantidad marcada por convenio, que se pague más por día o se paguen días no laborables... sí sería concepto salarial y por tanto NO estaría exento.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas