Tengo un terreno y quiero hacer unas cuadras para meter mis caballos y al paso alquilar los box para otros caballos. Me gustaría si tendría que darme de alta como autónomo, o como podría tener legal esto.
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Respuesta de enricm2
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enricm2, Licenciado en Físicas, especiliadad Electrónica e Informática y...
Los arrendamientos no precisan darse de alta como autónomo, tan solo en obligaciones de IVA e ingresarlo trimestralmente, puesto que las cuadras serían asimilables a un local de negocios, no a una vivienda y por lo tanto, están sujetos al mismo.
Gracias, entonces si yo limpio los caballos y les hecho de comer, etc, ¿solo con hacer la declaración cada tres meses vale? ¿Si por ejemplo solo tengo dos o tres cuadras alquiladas digamos 400? Por ejemplo, ¿esto es lo que tendría que declarar?, en el precio va incluido gastos de alimentación,... ¿Podría hacer factura o nota de pago de esto?
A ver, una cosa es alquilar los establos para los caballos. ESta actividad es arrendamiento, pero otra cosa es alimentarlos, limpiarlos y realizar otras tareas que en este caso, serían servicios. Los servicios como tales se considerarían actividad empresarial o profesional, dependiendo del epígrafe fiscal en el que se tenga que dar de alta dicha actividad, la cual, como tal, ya estará regulada y requerirá alta en IAE. En este caso, en mi opinión, sí que tendría que darse de alta como autónomo y si la actividad se considera profesional (no lo sé sin saber el epígrafe en el que se encuadra), además aplicar retención fiscal por los servicios y realizar los pagos fraccionados (modelo 130 o 131) trimestralmente. En este caso, ya es necesario darse de alta como autónomo. Además, puede que incluso esté regulada en módulos y si este fuere el caso, habría que estudiar qué es más conveniente: Declarar en base a módulos o declarar en base a Estimación Directa, puesto que según el rendimiento de la actividad, en cada caso particular convendrá más una que otra.