Incapacidad Temporal

He pasado el tribunal medico por I.T., después de un año. Me dieron el alta. Han pasodo los seis meses siguientes que estipula la norma por la que no me pueden dar la I.T. Por la misma enfermedad (común). Quisiera que me dijera cuanto tiempo tiene que pasar para que mí medico de familia me pueda dar otra vez la I.T. Por la misma enfermedad.
Respuesta
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Extinguido el derecho a la IT por el transcurso del plazo máximo y habiendo sido dado de alta médica el trabajador sin declaración de incapacidad permanente, sólo podrá generarse un nuevo proceso de IT por la misma o similar patología:
Si media un período de actividad laboral superior a 180 días, o
Si, mediando un plazo inferior a 180 días, el INSS (o ISM ), a través de los órganos competentes para evaluar, calificar y revisar la incapacidad permanente del trabajador, emite la baja a los exclusivos efectos de la prestación económica por IT.

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