Baja de marternidad

Hola, mi mujer esta embarazada y esta de baja común, se dio de baja estando trabajando y por el tema del embarazo aun sigue de baja pero el contrato le termino al mes de estar de baja y le esta pagando la mutua (solo cobra 140E porque el contrato que tenia era por horas), entonces nos gustaría saber que es lo que hay que hacer para cobrar la baja por maternidad y si el importe a cobrar seria mayor al que cobra actualmente. Gracias
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La Ley reconoce un permiso por baja maternal de 16 semanas ininterrumpidas, que se amplían en 2 por cada hijo en caso de parto múltiple (a 18 si son gemelos, a 20 si son trillizos...). La madre debe tomar seis tras el parto para recuperarse físicamente. Las otras 10 se pueden disfrutar antes o después del nacimiento. Las puede coger el padre o la madre si ambos trabajan, o de forma conjunta (5 semanas cada uno). El padre tiene un permiso de paternidad de 15 días, independiente del de la madre.
La baja maternal se solicita en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Hay que llevar el DNI, el certificado de descanso por maternidad que entrega el servicio de salud y el libro de familia.
Si se solicita antes del parto o la adopción, habrá que adjuntar la inscripción registral del recién nacido o adoptado posteriormente.
Requisitos para cobrarla
La embarazada tiene que estar trabajando o cobrando el paro.
Menor de 21 años. No se exige periodo de cotización.
Entre 21 y 26 años. Debe haber cotizado 90 días, en los siete años previos a la fecha de parto, o 180 días a la largo de su vida laboral.
Mayor de 26 años. Debe haber cotizado un mínimo de 180 días a la Seguridad Social, en los siete años que preceden a la fecha del parto, o 360 días a lo largo de toda su vida laboral.
Casos especiales
A tiempo parcial
Existe la opción de tomar 6 semanas a tiempo completo y disfrutar el resto a tiempo parcial. Así, las 10 semanas restantes se transforman en 20 trabajando durante ese tiempo la mitad de la jornada laboral.
Si el niño es prematuro y/o precisa hospitalización prolongada
La baja maternal se puede prolongar hasta 13 semanas más (llegando a un máximo de 29 semanas en total) siempre y cuando el niño siga ingresado.
También existe la opción de tomar 6 semanas tras el parto y posponer las otras 10 para cuando el prematuro salga del hospital, con un permiso de dos horas diarias mientras el niño siga ingresado.
Si la baja maternal coincide con el periodo de vacaciones fijado en el calendario de la empresa
La trabajadora tiene derecho a disfrutar las vacaciones después de su baja maternal, incluso aunque haya terminado el año natural al que correspondan.
Muerte de la madre
Trabajara o no, el padre puede tomar la totalidad de la baja maternal.
Si fallece el bebé
También hay 16 semanas salvo que la madre pida reincorporarse antes.
Subsidio por maternidad
Las mujeres que reúnan el periodo mínimo de cotización para cobrar la prestación por maternidad pueden solicitar un subsidio equivalente al 100 por 100 del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
Se cobra durante 42 días naturales después del parto.
¿Y después de la baja maternal?
Los trabajadores con niños pequeños gozan de algunas ventajas (reducción de jornada, excedencias...) que les ayudan a hacer compatibles la vida familiar y laboral. La mayoría de estos derechos figuran en el Estatuto de los Trabajadores y sus sucesivas modificaciones como, por ejemplo, la Ley de Igualdad de marzo de 2007, pero también conviene consultar el convenio colectivo de la empresa o el sector laboral al que pertenece la empresa, porque a veces incluyen mejoras.
http://www.serpadres.es/familia/derechos/requisitos-para-cobrar-la-baja-maternal-subsidio-maternidad.html

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