Tendederos
Tengo una duda respecto a los tendederos. Soy propietaria de una planta baja de obra nueva, que tiene dos alturas más(la última dúplez, con lo cual no hay terrado comunitario). La vecina el primero insiste en que en la parte posterior donde yo tengo mi terraza (que por escrituras es de mi propiedad, no de la comunidad) quiere poner un tendedero en su balcón pero de forma que salga fuera y cuelgue sobre mi terraza.
Yo no quiero puesto que considero que me perjudica ya que la altura de los pisos no es mucha, la ropa mojada gotea, puede tener productos como lejía y estéticamente me parece un horror. El gestor en la reunión dijo que lo que él acostumbraba a poner en las normas es que cada uno tienda pero de su balcón hacia dentro de manera que quede en su vivienda para no molestarnos entre vecinos.
Mi duda es, si ellos siguen queriéndolo poner, hay que hacerlo mediante votación de la comunidad, ¿y si es así qué porcentaje debe aprobarlo?
¿Puede ponérmelo?
Yo no quiero puesto que considero que me perjudica ya que la altura de los pisos no es mucha, la ropa mojada gotea, puede tener productos como lejía y estéticamente me parece un horror. El gestor en la reunión dijo que lo que él acostumbraba a poner en las normas es que cada uno tienda pero de su balcón hacia dentro de manera que quede en su vivienda para no molestarnos entre vecinos.
Mi duda es, si ellos siguen queriéndolo poner, hay que hacerlo mediante votación de la comunidad, ¿y si es así qué porcentaje debe aprobarlo?
¿Puede ponérmelo?
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Respuesta de maxfin
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