Recurrir o no una multa.

Mi consulta es sobre una multa que acaba de llegar a mi domicilio. El pasado 29 de Julio aparcamos el coche en Madrid capital, justo al lado de un parquímetro y en una zona cuyas marcas en el suelo son las de zona de estacionamiento controlado. Sacamos el ticket de estacionamiento y cuando volvimos al coche después de hacer los recados no había en el coche ningún tipo de multa ni notificación.
Ahora nos llega una multa en la que indica que la zona en la que estacionamos es de carga y descarga, ¿por lo que hemos concurrido en una falta grave y la multa es de 180?. Hemos pasado por la zona y sí que es cierto que aparece señalización vertical de carga y descarga pero en el suelo las marcas son de estacionamiento controlado. ¿Cree qué es posible reclamar la multa?
Por último señalar que la multa se ha notificado a casa de mis padres, y mi coche hace ya tiempo que no está domiciliado allí, pero supongo que en la base de datos del ayuntamiento de Madrid es la dirección que tienen, pero no se corresponde con la mía oficial.
Respuesta
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La señalización vertical es la que prevalece en todo momento, siendo la horizontal(líneas y marcas sobre el pavimento meramente informativa).
No es obligatorio notificar las denuncias en el acto si el conductor no está presente, pudiéndose hacer a porteriori por correo o medio telemático.
Dicho esto, queda claro que las opciones de recurso son mínimas, pero, si la notificación la has recibido en un domicilio distinto al que figura en el Permiso de Circulación de tu vehículo(la que consta en Tráfico), esta no es válida, por lo que cualquier actuación por tu parte sobre esa denuncia pondría en sobre aviso a la Administración del error cometido, que sería solventado por esta y emitiría una nueva al domicilio correcto continuando el expediente, sin agotar el plazo de prescripción de 6 meses que tienen las infracciones graves desde su comisión.
Está en tu mano dejar transcurrir el tiempo hasta los 6 meses o abonarla con el descuento en el plazo previsto.
Espero haberte servido de ayuda, un saludo y no olvides valorar la respuesta para poder cerrarla,
Txema
Gracias por tu respuesta, pero ahora me surge una duda más. La multa (a nombre de mi pareja) llegó a casa de mis suegros, y mi chico fue a recogerla a correos personalmente, puesto que allí dejaron una notificación, por lo que entiendo que una vez recogida y estando al corriente de ella, ya nos tenemos que hacer cargo, ¿no?
Gracias e nuevo y un saludo.
Si, claro, una vez notificada comienzan a transcurrir los plazos, tanto para el descuento como para su abono sin el.

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