HOla buenas tardes en los próximos días tengo un juicio pendiente por alcohelemia, es mi primer juicio, anteriormente tengo algunas multas de trafico por este motivo, me podrías decir que consecuencias podría tener en el jucio por presentarme sin abogado,? Y otra pregunta, normalmente cual es el veredicto del juez ante este tipo de juicio ¿me pondrán una multa o podría tener carce... O que podría pasar? Por favor ayudadme estoy un poco asustado.
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Anónimo
Según la Ley de Seguridad Vial (art. 65) la conducción de vehículos con tasas de alcohol superiores a las establecidas (0,25 mg/l y 0,15 mg/l para conductores profesionales y noveles)se considera infracción muy grave. También se incluye la conducción bajos los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos. También negarse a cumplir la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia se tipifica como infracción muy grave. Para las infracciones muy graves la multa oscila entre 302 y 602 euros junto con la suspensión del permiso de conducir por un periodo de hasta tres meses. El Código Penal (capítulo IV) dice: - Artículo 379: quien conduzca un vehículo a motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses y, en su caso, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años. - Artículo 380: cuando un conductor se niegue a someterse a las pruebas legalmente establecidas para comprobar si conduce bajo los efectos de alguna de las sustancias descritas en el artículo anterior será castigado como autor de un delito de desobediencia graves (artículo 556 del Código Penal). - Artículo 381: quien conduzca un vehículo a motor o ciclomotor con temeridad manifiesta (con altas tasas de alcohol en sangre y con exceso desproporcionado de velocidad con respecto de los límites establecidos) y que ponga en peligro la vida o la integridad de las personas será castigado con las penas de prisión de seis a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años. ¿Por vía administrativa o penal? Con la nueva normativa cualquier conductor que supere el nivel de alcohol permitido podrá ser sancionado tanto por la vía administrativa (ley de seguridad vial) como juzgado por la vía penal (Código Penal). Los agentes de tráfico decidirán llevarlo ante el juez o no en función de unas criterios internos que tienen establecidos: Por encima de 0,50 g de alcohol por litro de sangre Sanciones Penales Si la conducción bajo los efectos del alcohol ha generado algún peligro para la seguridad del tráfico, los jueces pueden considerar la infracción como un delito, pronunciar la retirada del carné de conducir de 1 a 4 años y aplicar penas de cárcel. Este delito puede concurrir con la comisión de otros delitos como con la responsabilidad civil. Sanciones Administrativas ¿La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas puede ser sancionada también como infracción muy grave con multa de hasta 600? (100.000 Ptas.) Y con la suspensión del permiso de conducir por un período de 3 a 24 meses y retirada de 6 puntos en tu permiso de conducir. Como ves, las sentencias dependen en gran medida de la tasa de alcoholemia, de si se genera algún riesgo para la seguridad vial y si se es reincidente en la comisión de este tipo de infracciones. Las penas de cárcel, normalmente no superan los 12 meses y si no tienes antecedentes penales no se llegan a cumplir, siendo sustituidas por multas de (X) Euros por día (normalmente entre 6 y 12 ?/día), según los ingresos y responsabilidades personales, una retirada de carnet de 1 a 4 años y además de una condena a trabajos para la comunidad de entre 31 y 90 días. El concurrir a un juicio por alcoholemia sin abogado, dependerá de si has generado riesgo en la seguridad vial o estás implicado en un accidente, en estos casos si te lo recomiendo, pero si solo es la alcoholemia, bastará con reconocerla ante el Juez y hacer propósito de enmienda. Espero que te sirva de ayuda, un saludo y no olvides valorar la respuesta para poder cerrarla, Txema